Se aprueba el Estatuto de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC) (Estatuto de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil) Colombia
Estatuto de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil
- Artículo 1. Las Autoridades de Aviación Civil, de los Estados participantes en las...
- Artículo 2. Podrán integrar la Comisión Latinoamericana de Aviación...
- Artículo 3. La CLAC es un organismo de carácter consultivo y sus conclusiones,...
- Artículo 4. La Comisión tiene por objeto primordial el proveer a las autoridades...
- Artículo 5. Para el cumplimiento de sus fines, la Comisión desarrollará...
- Artículo 6. La Comisión mantendrá estrechas relaciones con la OACI a fin de...
- Artículo 7. La Comisión podrá mantener relaciones de carácter...
- Artículo 8. Son órganos de la Comisión, la Asamblea y el Comité...
- Artículo 9. La Asamblea formada por los representantes de los Estados miembros,...
- Artículo 10. La Asamblea celebrará reuniones extraordinarias por iniciativa del...
- Artículo 11. Las reuniones ordinarias y extraordinarias requieren para sesionar un...
- Artículo 12. Las conclusiones, recomendaciones o resoluciones de la CLAC serán...
- Artículo 13. En cada reunión ordinaria, la Asamblea: a) Elegirá su...
- Artículo 14. La Asamblea determinará su propia organización interna,...
- Artículo 15. El Comité Ejecutivo, formado por el Presidente y los Vicepresidentes,...
- Artículo 16. Habrá una Secretaría que será organizada por el...
- Artículo 17. Las actuaciones y decisiones de los órganos de la CLAC...
- Artículo 18. Los Estados deberán estar representados en las reuniones de la CLAC...
- Artículo 19. En cada reunión ordinaria, la Asamblea preparará y...
- Artículo 20. El Comité Ejecutivo de la CLAC podrá modificar este presupuesto...
- Artículo 21. El presente Estatuto estará abierto a la firma de todos los Estados...
- Artículo 22. El presente Estatuto se someterá a la aprobación de los Estados...
- Artículo 23. El presente Estatuto entrará en vigor provisionalmente a partir del...
- Artículo 24. Para retirarse de la Comisión el Estado en cuestión...
- Artículo 25. El presente Estatuto podrá ser enmendado por una mayoría de dos...
- Artículo 26. Los idiomas de trabajo de la Comisión serán el español,...
- Artículo 27. Con sujeción a la aprobación del Consejo de la OACI, los...
- Artículo 28. Con sujeción a la aprobación del Consejo de la OACI, los gastos...
- Artículo 29. Los gastos directos sufragados por la OACI por razón de las...
- Artículo 30. Los gastos directos en que haya incurrido la OACI de conformidad con lo...
- Artículo 31. La CLAC elegirá un Presidente y tres Vicepresidentes provisionales...
- Artículo 32. La primera Asamblea ordinaria de la CLAC se celebrará en el lugar y...
- Artículo 33. El comité ejecutivo constituido de conformidad con el artículo 31
- Artículo 34. El comité ejecutivo constituido de conformidad con el artículo 31
Mejores juristas





El proceso de rendición de cuentas tiene como objetivo inmediato la presentación de los ingresos y egresos relacionados con la administración del bien común, y como objetivo mediato, establecer quién debe a quién y cuánto. En el contexto de un proceso divisorio, la rendición de cuentas se tramita como parte del mismo, siempre que se relacione con la administración del bien común. Esto evita duplicidad de procesos y permite una resolución más eficiente de las controversias entre los comuneros.
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Aunque los procesos divisorios y los de rendición de cuentas tienen objetivos distintos, en los casos donde la rendición de cuentas está directamente relacionada con la administración que se realizó del bien común, es procedente tramitarla dentro del proceso divisorio.
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Recordemos que el fraude procesal regulado en el Artículo 453 del Código Penal, es considerado un delito de simple conducta. Es decir que no es necesario que lo que se pretendía mediante el engaño se materialice. En otras palabras, no es necesario que el funcionario emita una decisión contraria a la ley para que se cometa el delito, sino que basta con que se utilicen los medios fraudulentos con la intención de llegar a hacerlo inducir en error.
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Buenos días, tengo una pregunta. Mi mama contrato con Sonria en un contrato de prestación de servicios para que le hicieran unas coronas entre otros servicios. Por lo que ella pago fueron 10 millones de contado. pero con el tema de las citas es muy tedioso en el sentido que para ser un servicio privado no hay citas hasta dentro de un mes. y desde enero 2 de 2025 tuvo su ultima cita y se suponía que hoy ella tenia su cita para que arreglaran un trabajo mal hecho porque se le estaba cayendo un diente. ayer la llaman y le dicen que la doc tuvo una calamidad domestica y que hasta el 27 de febrero la atienden. que podría hacer mi mama para exijir una cita ahora ya que si la necesita y ellos no dan solución mas que ´poner una queja la cual ya se puso. y no es la primera vez que pasa esta sitacion, en otras ocasiones ellos dan la cita para 2 personas al tiempo y no se hacen responsables después.
Quisiera saber sí existe alguna normativa que indique si las construcciones en propiedad horizontal deban disponer actualmente mínimo de un parqueadero para VEHICULO ELECTRICO, sea moto o carro.
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