Se aprueba el Estatuto de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC) (Estatuto de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil) Colombia
Estatuto de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil
- Artículo 1. Las Autoridades de Aviación Civil, de los Estados participantes en las...
- Artículo 2. Podrán integrar la Comisión Latinoamericana de Aviación...
- Artículo 3. La CLAC es un organismo de carácter consultivo y sus conclusiones,...
- Artículo 4. La Comisión tiene por objeto primordial el proveer a las autoridades...
- Artículo 5. Para el cumplimiento de sus fines, la Comisión desarrollará...
- Artículo 6. La Comisión mantendrá estrechas relaciones con la OACI a fin de...
- Artículo 7. La Comisión podrá mantener relaciones de carácter...
- Artículo 8. Son órganos de la Comisión, la Asamblea y el Comité...
- Artículo 9. La Asamblea formada por los representantes de los Estados miembros,...
- Artículo 10. La Asamblea celebrará reuniones extraordinarias por iniciativa del...
- Artículo 11. Las reuniones ordinarias y extraordinarias requieren para sesionar un...
- Artículo 12. Las conclusiones, recomendaciones o resoluciones de la CLAC serán...
- Artículo 13. En cada reunión ordinaria, la Asamblea: a) Elegirá su...
- Artículo 14. La Asamblea determinará su propia organización interna,...
- Artículo 15. El Comité Ejecutivo, formado por el Presidente y los Vicepresidentes,...
- Artículo 16. Habrá una Secretaría que será organizada por el...
- Artículo 17. Las actuaciones y decisiones de los órganos de la CLAC...
- Artículo 18. Los Estados deberán estar representados en las reuniones de la CLAC...
- Artículo 19. En cada reunión ordinaria, la Asamblea preparará y...
- Artículo 20. El Comité Ejecutivo de la CLAC podrá modificar este presupuesto...
- Artículo 21. El presente Estatuto estará abierto a la firma de todos los Estados...
- Artículo 22. El presente Estatuto se someterá a la aprobación de los Estados...
- Artículo 23. El presente Estatuto entrará en vigor provisionalmente a partir del...
- Artículo 24. Para retirarse de la Comisión el Estado en cuestión...
- Artículo 25. El presente Estatuto podrá ser enmendado por una mayoría de dos...
- Artículo 26. Los idiomas de trabajo de la Comisión serán el español,...
- Artículo 27. Con sujeción a la aprobación del Consejo de la OACI, los...
- Artículo 28. Con sujeción a la aprobación del Consejo de la OACI, los gastos...
- Artículo 29. Los gastos directos sufragados por la OACI por razón de las...
- Artículo 30. Los gastos directos en que haya incurrido la OACI de conformidad con lo...
- Artículo 31. La CLAC elegirá un Presidente y tres Vicepresidentes provisionales...
- Artículo 32. La primera Asamblea ordinaria de la CLAC se celebrará en el lugar y...
- Artículo 33. El comité ejecutivo constituido de conformidad con el artículo 31
- Artículo 34. El comité ejecutivo constituido de conformidad con el artículo 31
Mejores juristas





Es el juez quien tiene la atribución de cuantificar y señalar el monto y la clase de caución que deberá prestar el ejecutado. Aunque la ley establece que el valor es el de la ejecución más un 50%, el juez debe aprobar la modalidad y una vez presentada la póliza, el juez calificará su suficiencia y la aceptará o rechazará.
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