Se aprueban los Estatutos de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social, adoptados por el XI Congreso Iberoamericano de Seguridad Social, celebrado en Punta del Este, Uruguay, del siete (7) al ocho (8) de diciembre de mil novecientos noventa y cinco (1995) (Estatutos de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social) Colombia
Estatutos de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social
- Artículo 1o. La Organización Iberoamericana de Seguridad Social, OISS, es un...
- Artículo 2o. Para el cumplimiento de sus fines, la organización realizará...
- Artículo 3o. Pueden ser miembros titulares de la Organización Iberoamericana de...
- Artículo 4o. Pueden ser miembros asociados de la Organización Iberoamericana de...
- Artículo 5o. La Organización Iberoamericana de Seguridad Social basada en los...
- Artículo 6o. El Congreso está constituido por los delegados de los miembros...
- Artículo 7o. El Congreso es el máximo órgano deliberante y soberano de la...
- Artículo 8o. 1o. Las resoluciones del Congreso se adoptarán con arreglo a un...
- Artículo 9o. El Congreso se reunirá cada cuatro años. PRESIDENTE Y...
- Artículo 10. El Presidente es el representante del país que toma a su cargo la...
- Artículo 11. Serán Vicepresidentes de la Organización: con carácter...
- Artículo 12. La Comisión Directiva está integrada por el Presidente, los...
- Artículo 13. Son funciones de la Comisión Directiva: a) Velar por el...
- Artículo 14. Los acuerdos de la Comisión Directiva se adoptarán con arreglo...
- Artículo 15. La Comisión Directiva se reunirá cada dos años, entre...
- Artículo 16. El Comité Permanente estará integrado por: a) El Presidente...
- Artículo 17. Son funciones del Comité Permanente: a) Aprobar, conforme a las...
- Artículo 18. El Comité Permanente se reunirá, al menos, una vez al...
- Artículo 19. Para favorecer la participación descentralizada de los miembros de la...
- Artículo 20. Además de las señaladas por estos Estatutos en su restante...
- Artículo 21. La Secretaría General es el órgano al que corresponde la...
- Artículo 22. El Secretario General será designado por la Comisión Directiva...
- Artículo 23. El Vicesecretario General será designado por el Comité...
- Artículo 24. El restante personal que preste sus servicios a la Organización...
- Artículo 25. Para la vinculación de la Secretaría General con los miembros...
- Artículo 26. La sede de la Secretaría General, de conformidad con el Convenio de...
- Artículo 27. Con aplicación de los criterios de transparencia, eficacia y...
- Artículo 28. Las transferencias para el ajuste del presupuesto en cada ejercicio,...
- Artículo 29. Las órdenes de pago para el normal funcionamiento de la...
- Artículo 30. Los gastos que demanden el desarrollo de los congresos, reuniones,...
- Artículo 31. La Comisión Económica es el órgano técnico de la...
- Artículo 32. Las cuotas de los miembros deben ser satisfechas dentro del primer...
- Artículo 33. Las Comisiones Técnicas Permanentes con alcance general y las...
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Recordemos que el aparte "y antes de presentarse la acusación" fue declarado inexequible mediante sentencia de la Corte Constitucional C-395 de 2019.
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Buenas noches mi arrendador envio una notificacion de no prorroga del contrato y dice que debemos entregar el inmueble la fecha que se estipula en el contrato que firmamos o sea el 01 de septiembre. Mi pregunta es puedo enviar una carta de pre aviso de que vamos a desalojar antes de la fecha y de esa manera no pagar indemnizacion? Porque quiere que estemos hasta el ultimo mes y pagar dos sitios esta como complicado y conseguir arriendo en un mes es aun mas complicado.
Por mora en mi obligación con un banco se firmó promesa compraventa con la condición que el promitente comprador pagara la deuda al banco (condición que no se cumplió), el comprador no pagó al banco. Instauré demanda judicial resolutoria, a hoy en etapa admitida por el juez. Actualmente suscribí otra promesa de compraventa con otro interesado en el inmueble, pagué la deuda al banco, levanté el embargo y la hipoteca que recaía sobre el inmueble. Pregunta: puedo gestionar el proceso de escritura de venta al nuevo comprador? El traspaso de dominio tiene alguna afectación a los procesos de resolutorio de contrato (admitido)y el de reivindicatorio del inmueble (al despacho)?
Donde puedo encontrar la definición de requisa en la normativa colombiana?
El lavado de activos es un delito autónomo, lo que significa que no depende de una sentencia judicial previa que declare la existencia del delito por el cual se obtuvieron originalmente los bienes que se tratan de esconder o lavar. En este sentido, es posible que dentro del proceso penal se estructure este delito con base en inferencias razonables sobre la procedencia ilícita de los bienes, sin necesidad de probar en grado de certeza el delito que lo antecede. // No obstante, el Estado no puede asumir una presunción de ilicitud sobre los bienes, por el hecho de que las personas imputadas no puedan explicar plenamente su origen. En otras palabras, la Fiscalía tiene la carga de demostrar con la mayor probabilidad posible, tanto el delito subyacente como la vinculación de los bienes con actividades ilícitas, es decir, que no se puede inferir este delito simplemente de la imposibilidad del aparente propietario de explicar de dónde provienen sus bienes, ya que la buena fe se presume.
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