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profesionales en Derecho dispuestos a asesorarte en areas de Derecho civil, laboral, administrativo, de seguros, elaboramos tutelas, derechos de petición, solicitudes, asistimos jurídicamente ante entidades publicas y privadas como E.P.S, empresas de servicios públicos, fondos de pensión y cesantías, seguros de accidentes, ante secretarias de transito, solicitud de prescripción de impuestos. como profesionales tenemos derecho de postulación para representar legalmente en procesos civiles, laboral, notariales.
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Recordemos que si se priva de la libertad al hijo o hija no para afectar la custodia del otro padre, sino para obtener provecho económico, publicitario, político o cualquier otra utilidad, o forzar a que se haga u omita cualquier cosa por parte del otro padre o madre o tercero, la conducta podría llegar a enmarcarse en el delito de secuestro. No obstante, para calificar la conducta realizada, por el principio de especialidad, si los hechos encajan en el tipo penal del artículo 230A, este debe prevalecer sobre el tipo general de secuestro obviamente.
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Buenas tardes
Solo quiero invitar a los entes que por favor estudien mas los casos puesto que en algunos momentos nosotros los padres queremos hacer la cosas bien pero no tenemos un gusto trato y nos tachan o hacen caso omiso a nuestras situaciones cosa que aprovechan las madres para manejar las cosas a su manera y los entes nos deja sin armas y la opinión de nosotros no cuenta estoy pasando por una odisea donde yo he tratado de establecer comunicación con mi hijo sin ayuda de ningún ente siempre siento que es una pelea perdida y acobija mucho a la mujer miremos los casos que se han presentado últimamente consiguen padrastros los cuales maltratan etc. y no pasa nada ya cuando pasa un horror es que investigan indagan ya para que y aun así el padre sigue siendo el malo.
gracias
Recordemos que el proceso de insolvencia y en este sentido los artículos correspondientes del Código General del Proceso, fueron modificados por la LEY 2445 DE 2025.
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El resultado de la prueba de alcoholemia podría ser considerado como una falta grave si afecta el desempeño laboral del trabajador o si está calificado como grave en el reglamento interno de trabajo, contrato de trabajo o pactos colectivos. Sin embargo, para que la terminación del contrato sea válida, el empleador debe garantizar el debido proceso y demostrar por los medios legales que la conducta del trabajador afectó directamente sus funciones laborales o representó un riesgo significativo para la seguridad industrial o el ambiente laboral.
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Recordemos que según el artículo 68 de la Ley 2220 de 2022 "estatuto de conciliación "en la restitución de bien arrendado de que trata el artículo 384 ... el demandante no estará obligado a solicitar y tramitar la audiencia de conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad de la demanda, ni del trámite correspondiente, casos en los cuales el interesado podrá presentar la demanda directamente ante el juez".
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Qué es el Estatuto de los trabajadores
Basta con leer el primer artículo de nuestra Constitución para comprender inmediatamente que, en nuestro país, el trabajo se considera un verdadero pilar de la sociedad. De hecho, la legislación, como la de la mayoría de los países europeos, establece toda una serie de derechos y protecciones para la clase trabajadora. El principio en el que se basa este sistema de protección es sencillo: en el contrato de trabajo el trabajador es débil frente al empresario y este desequilibrio debe ser suplido por la ley, otorgando a los empleados derechos que, sin una norma legal específica, no sería posible obtener en el contrato.
En particular, existe un cuerpo legislativo que otorga numerosos derechos a favor de los trabajadores: el estatuto de los trabajadores. Pero, ¿qué es el Estatuto de los Trabajadores? La ley se titula "Normativa sobre la protección de la libertad y la dignidad de los trabajadores, la libertad sindical y la actividad sindical en el lugar de trabajo y normativa sobre el empleo". Según algunos, es casi una superley, una especie de ley reforzada que tiene casi la fuerza legal de la propia Constitución. Lo cierto es que, a pesar de que han pasado más de 40 años desde su aprobación, sigue siendo un referente normativo fundamental en la protección de los trabajadores.
Los derechos de los trabajadores en la Constitución
La Constitución italiana suele definirse como una Constitución laboral. Y es que, a partir del artículo 1, se establece claramente que el trabajo es el fundamento de toda la República.
La Constitución parte del supuesto de que el trabajo es aquella actividad humana que permite al individuo elevar su personalidad, afirmarse en la sociedad, disponer de los recursos necesarios para vivir con dignidad y, desde el punto de vista público, el trabajo del individuo contribuye también al progreso de toda la nación.
Por lo tanto, la Constitución establece una serie de derechos para proteger a los trabajadores, entre ellos:
Derecho al trabajo: todo ciudadano tiene el derecho y el deber de trabajar. El derecho al trabajo no significa que puedas esperar que el Estado te encuentre un empleo, sino que debe interpretarse en el sentido de que las instituciones deben promover políticas públicas orientadas al pleno empleo de los ciudadanos;
protección del trabajo en todas sus formas y expresiones;
derecho a un salario justo: el trabajador tiene derecho a un salario proporcional a la cantidad y calidad del trabajo realizado y, en todo caso, suficiente para garantizar una existencia libre y digna para él y su familia;
La protección de las mujeres trabajadoras y del trabajo infantil [4]: en particular, se establece que los menores y las mujeres no pueden ser tratados peor que los trabajadores varones;
derecho a la seguridad social: el trabajador tiene derecho a ser apoyado económicamente por el Estado si, debido a un hecho de la vida que le incapacita para trabajar, pierde la capacidad de trabajar como en el caso de enfermedad, accidente, incapacidad laboral, vejez, desempleo involuntario;
libertad sindical: todo trabajador tiene derecho a afiliarse a una organización sindical y a hacer campaña. Asimismo, todo trabajador tiene derecho a no afiliarse a ningún sindicato;
derecho a la huelga: se reconoce como derecho del trabajador lo que hasta hace unos años era incluso un delito, es decir, la huelga que consiste en abstenerse de trabajar como acto de protesta contra el empresario o como acto político.