Se autoriza la emisión de la estampilla Pro-Universidad Tecnológica del Chocó Diego Luis Córdoba (La emisión de la estampilla Pro-Universidad Tecnológica del Chocó Diego Luis Córdoba) Colombia
La emisión de la estampilla Pro-Universidad Tecnológica del Chocó Diego Luis Córdoba
- Artículo 1o. Autorizar a la Asamblea Departamental del Chocó, para que ordene la...
- Artículo 2o. La emisión de la Estampilla Pro-Universidad Tecnológica del...
- Artículo 3o. Autorízase a la Asamblea Departamental del Chocó para que...
- Artículo 4o. Facúltase a la Asamblea del Departamento del Chocó para que...
- Artículo 5o. La obligación de adherir y anular la Estampilla a que se refiere esta...
- Artículo 7o. El control del recaudo, el traslado oportuno de los recursos a la Universidad...
- Artículo 7o. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
- Artículo NUEVO. El Rector de la Universidad Tecnológica del Chocó Diego Luis...
- Artículo NUEVO1. La Contraloría departamental será la encargada de la...
Otras regulaciones
Se rinde homenaje al Artista Nacional Normas relativas a la conciliación El Fondo Nacional de Ahorro La Nación se asocia a la celebración de los ciento cuarenta y dos años de fundación del municipio de Alvarado Se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2013Mejores juristas





Saludos.
Apliquemos la racionalidad en donde haya vacíos jurídicos, en el evento que sea el sitio publico para adultos, su padre podría ingresar al sitio con el y vigilar su estancia en el lugar.
Cordial Saludo.
Tocaría precisar su tipo de contrato y vinculación laboral, mientas eso se determina, usted puede establecer comunicación con la secretaria de educación del lugar de los hechos, las agremiaciones sindicales y o/ el Ministerio de Educación para que sea este quien investigue y resuelva la irregularidad.
Cordial Saludo.
Caso libertad condicional.
La redención de pena es un derecho y la libertad condicional un beneficio, habría que observar su expediente para dar un asesoría honesta y acertada.
Saludos.
Con independencia de aceptar o negar su responsabilidad, no puede retractarse de su testimonio en el proceso penal, mismo que se entiende rendido bajo la gravedad de juramento.
Cordial Saludo.
caso "Sujetos Ay B"
El tipo penal de estafa requiere la producción de un resultado, la "demora" seria diferente a la "ausencia", si este nunca llega y se indujo a la victima a creer una teoría, investidura o posición, puede configurarse este delito.
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