Normas para favorecer a las mujeres rurales (Normas para favorecer a las mujeres rurales) Colombia
Normas para favorecer a las mujeres rurales
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. De la mujer rural
- Artículo 3o. De la actividad rural
- Artículo 4o. De la perspectiva más amplia de la ruralidad
- Artículo 5o. Eliminación de obstáculos
- Artículo 6o. Divulgación y capacitación
- Artículo 7o. Financiación para otras actividades rurales
- Artículo 8o. Creación de cupos y líneas de crédito con tasa preferencial para las mujeres rurales de bajos ingresos
- Artículo 9o. Acceso de las mujeres rurales al fondo agropecuario de garantías, fag
- Artículo 10. Creación del fondo de fomento para las mujeres rurales, fommur
- Artículo 11. De la administración del fondo de fomento para las mujeres rurales, fommur
- Artículo 12. De los recursos del fondo de fomento para las mujeres rurales, fommur
- Artículo 13. Extensión del subsidio familiar en dinero, especie y servicios a las mujeres rurales por parte de comcaja
- Artículo 14. Afiliación de las mujeres rurales sin vínculos laborales al sistema general de riesgos profesionales
- Artículo 15. Programas de riesgos profesionales para las mujeres rurales
- Artículo 16. Fomento de la educación rural
- Artículo 17. Condiciones para el acceso de las mujeres rurales a los programas de formación profesional realizados por el sena
- Artículo 18. Deporte social comunitario y formativo comunitario para las mujeres rurales
- Artículo 19. Participación equitativa de la mujer rural en diferentes órganos de decisión, planeación y seguimiento a nivel territorial
- Artículo 20. Participación de las mujeres rurales en las entidades y órganos de decisión que favorecen el sector rural
- Artículo 21. Participación de las mujeres rurales en las juntas departamentales, distritales y municipales de educación
- Artículo 22. Participación de las mujeres afrocolombianas rurales en los órganos de decisión de los consejos comunitarios
- Artículo 23. Creación de la comisión consultiva de las mujeres indígenas rurales
- Artículo 24. Titulación de predios de reforma agraria a nombre del cónyuge o compañera (o) permanente dejado en estado de abandono
- Artículo 25. Titulación de predios de reforma agraria a las empresas comunitarias o grupos asociativos de mujeres rurales
- Artículo 26. Participación equitativa de las mujeres rurales en los procedimientos de adjudicación y uso de los predios de reforma agraria
- Artículo 27. Subsidios familiares de vivienda rural para las mujeres rurales
- Artículo 28. Participación de las mujeres rurales en los planes, programas y proyectos de reforestación
- Artículo 29. Igualdad de remuneración en el sector rural
- Artículo 30. Ampliación de registros estadísticos e indicadores de evaluación sobre la condición de la mujer rural
- Artículo 31. Jornadas de cedulación para las mujeres rurales
- Artículo 32. Divulgación de las leyes que favorecen a la mujer rural a través de medios didácticos
- Artículo 33. Instrumentos básicos del plan nacional de promoción y estímulo a la mujer rural y otros planes a nivel regional
- Artículo 34. Plan de revisión, evaluación y seguimiento de los programas de la mujer rural
- Artículo 35. Vigencia
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buenas tardes, en una suspension de contrato se debe pagar el dominical?
Este artículo 718 del Cód de Comercio indica que el cheque debe cobrarse dentro de los 15 días después de su fecha, no obstante esto no implica que la prescripción del cheque sea de 1 días. Al respecto, debemos guiarnos por lo que indica el art 721, en el que se dice que el banco debe pagar el cheque incluso luego de 6 meses, por tanto para determinar el fenómeno de la prescripción de un cheque, tomamos como base este plazo.
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Es preciso indicar que el titular de la acción penal en este delito es la persona juridica prestadora del servicio publico, y no el tercero (ejem propiedades horizontales, copropietarios ) afectado este ultimo podría alegar una Estafa.
Mediante la Sentencia C-028 del 2024, la Corte Constitucional eliminó de este artículo la expresión:
“Las autoridades de emigración exigirán copia de la providencia con la constancia de ejecutoria”,
esto ya que dicha orden, significaba un riesgo para la intimidad que desean tener las familias con hijos adoptados, pues al tener que cumplir ese requisito, se corría el riesgo de que los niños llegaran a enterarse que sus padres no son biológicos, sino adoptivos, lo cual es una realidad que los padres tienen todo el derecho a decidir cuándo se la informan a sus hijos.
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este articulo se refiere a los honorarios de los abogados ?
en donde busco quien paga los honorarios de los abogados en caso de ganar?
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