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Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna silvestres especialmente protegidas Artículo 22 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/05/2025

Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna silvestres especialmente protegidas
Artículo 22. Disposiciones institucionales



1. Cada Parte designará un Punto Focal que servirá de enlace con la Organización sobre los aspectos técnicos de la ejecución de este Protocolo.

2. Las Partes designan a la Organización para que ejerza las siguientes funciones de Secretaría:

a) convocar y prestar asistencia a las reuniones de las Partes;

b) asistir en la obtención de fondos según lo dispuesto en el artículo 24;

c) ayudar a las Partes y al Comité Asesor Científico y Técnico en cooperación con las organizaciones internacionales, intergubernamentales y no gubernamentales competentes, a: facilitar los programas de investigación técnica y científica según lo dispuesto en el artículo 17.

facilitar el intercambio de información científica y técnica entre las Partes según lo dispuesto en el artículo 16.

- formular recomendaciones que contengan directrices y criterios comunes de acuerdo con el artículo 21.

- preparar, cuando así se le soliciten, planes de manejo para las áreas y especies protegidas de acuerdo con los artículos 6o y 10, respectivamente. desarrollar programas de cooperación conforme a los artículos 7o y 11.

- preparar, cuando así se le soliciten, evaluaciones de impacto ambiental de acuerdo con el artículo 13.

- preparar material educativo destinado a distintos grupos identificados por las Partes, y reintegrar a su Estado de origen la flora y fauna silvestres así como sus partes o productos que hayan sido ilegalmente exportadas.

d) preparar formatos comunes para el uso de las Partes que sirvan como base para notificaciones e informes a la Organización, según se dispone en el artículo 19;

e) mantener y actualizar las bases de datos de áreas y especies protegidas que contengan infamación de conformidad con los artículos 7o y 11, así como editar directorios periódicamente actualizados sobre áreas y especies protegidas;

f) preparar los directorios, informes y estudios técnicos que puedan requerirse para el cumplimiento de este Protocolo;

g) cooperar y coordinar con las organizaciones regionales e internacionales interesadas en la protección de áreas y de especies, y

h) realizar todas las demás funciones que las Partes asignen a esta Organización.

Colombia Art. 22 Se aprueban el Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna silvestres especialmente protegidas del Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran Caribe
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Pedir a un administrador que permita revisar los poderes de apoderados autorizados por propietarios, y este no lo permita acudiendo a que está prohibido por la Ley de protección de datos personales, es valido?


El plazo para rechazar una factura depende del tipo de factura y del contexto específico:

  • Para facturas físicas o electrónicas como títulos valores, el plazo es de tres (3) días hábiles desde su recepción.
  • En el caso de servicios de comunicaciones, los usuarios pueden presentar PQR antes de la fecha de pago oportuno y tienen hasta seis (6) meses desde el vencimiento del pago para reclamar.
  • En facturación electrónica, las correcciones pueden realizarse mediante notas crédito, según lo dispuesto por la DIAN. 

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Con fundamento en los artículos 1008 y 1155 del Código Civil, entre otros, en cabeza de los herederos del arrendador fallecido continuan las obligaciones del contrato de arriendo y de esta manera, los herederos deben respetar el contrato de arrendamiento vigente no obstante el arrendador fallezca, ya que está de por medio el derecho al trabajo o la vivienda de la persona arrendataria.


Email: temasdeley@gmail.com

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No, este caso no es fortuito porque la empresa de producción de papel tiene que contratar mas personal teniendo en cuenta que su vocación es el proceso continuo, en este caso debe ceñirse a la regla de solicitar permiso al Ministerio de Trabajo.


que pasa cuando una persona cancela un servicio a falta de 6 días para vencerse la factura de internet y tv y la empresa de le da un radicado de cancelación por este retiro y al mes siguiente le hace de nuevo un cobro por estos mismos servicios después de haber recibido dicho radicado por un funcionario de la empresa como tal, y que para esa misma fecha la persona se haya afiliado a otra empresa para adquirir los mismos servicios conque contaba con la anterior empresa donde se cancelo el contrato y que la persona llevaba ya 9 años y en el contrato ya no había clausula de permanencia se me hace muy raro que después de haberme dado un radicado de Cancelación del contrato y de estar al día por los pagos de dicho contrato se me este cobrando de nuevo una factura por servicios prestado sabiendo yo de que la empresa que me a estado prestando estos servicios es otra muy diferente a la anterior me pasa esta situación a mi porque desde el mismo ida que me retire de la primera empresa me afilie a la otra que es la que actualmente me cubre dicho servicios mucho mas favorables les agradezco su colaboración y ayuda un saludo


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