Se autorizan operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación, se autorizan operaciones para el saneamiento de obligaciones crediticias del sector público, se otorgan facultades y se dictan otras disposiciones (Se autorizan operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación) Colombia
Se autorizan operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación
- Artículo 1o. Amplíanse en $450.000.000.oo las autorizaciones concedidas al Gobierno...
- Artículo 2o. La Dirección del Tesoro Nacional está facultada para cubrir los...
- Artículo 3o. La Dirección del Tesoro Nacional podrá otorgar créditos...
- Artículo 4o. Amplíense en seis mil novecientos millones de dólares de los...
- Artículo 5o. En el evento en que la autorización de que trata el artículo...
- Artículo 6o. El Gobierno Nacional y las entidades descentralizadas del orden nacional,...
- Artículo 7o. Las operaciones previstas en el artículo 13 de la Ley 51 de 1990...
- Artículo 8o. El Gobierno Nacional podrá capitalizar a las entidades...
- Artículo 9o. Las entidades objeto del saneamiento de obligaciones crediticias del sector...
- Artículo 10. Autorízase a la Nación para contratar en forma directa, la...
- Artículo 11. Las autorizaciones otorgadas a la Nación por los artículos 1o....
- Artículo 12. La capacidad de las entidades estatales para celebrar contratos que versen...
- Artículo 13. Artículo derogado
- Artículo 14. Para el otorgamiento de créditos financiados con ingresos incorporados...
- Artículo 15. Las operaciones de crédito público y sus asimiladas superiores...
- Artículo 16. Se deberán incluir en la base única de datos del Ministerio de...
- Artículo 17. Las acciones judiciales para el cobro de los intereses y de capital de los...
- Artículo 18. Los decretos y resoluciones que autoricen la gestión y...
- Artículo 19. Artículo derogado
- Artículo 20. Las operaciones de manejo de deudas no constituyen nuevo financiamiento y por...
- Artículo 21. Autorízase al Gobierno Nacional para que emita los títulos de...
- Artículo 22. Para efectos de la autorización de la apertura de procesos de...
- Artículo 23. Para la ejecución de la presente ley, el Gobierno Nacional, queda...
- Artículo 24. Para todos los efectos previstos en el inciso 5o. del parágrafo 2o....
- Artículo 25. Mientras se desarrolla integralmente por la ley el artículo 364 de la...
- Artículo 26. Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga todas...
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Un padre o madre obligado a pagar una cuota alimentaria no puede suspender, disminuir o dejar de pagar dicha cuota de forma unilateral durante los periodos de vacaciones, incluso si los hijos se encuentran bajo su cuidado durante ese tiempo. El concepto de alimentos es integral y no se limita a la comida. Gastos como la vivienda, la salud o la educación (matrículas, pensiones, etc.), son costos fijos de orden más amplio, que no se interrumpen durante las vacaciones. Por lo tanto, suspender la cuota afectaría directamente la capacidad de cubrir estas necesidades básicas.
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Hola ??
quisiera saber si un padre o madre puede suspender la cuota alimentaria porque los hij@s están de vacaciones ? Que se puede hacer en ese caso ? Cómo se debe de actuar ?
gracias
Cuando una persona desde su inicio labora operando rayos x estos 15 dias se ortorgan a los 6 meses o solo a partir de que el empleado cumple 1 año de trabajo ? Pue yo comence a laborar en una sala de hemodinamia ya llevo nueve menes y no me han dado el periodo de receso biologico de 15 dias me dicen que solo aplicac despues de que yo cumpla 1 año de antiguedad en mi trabajo gracias.
Es importante tener en cuenta que el juramento estimatorio, regulado en este art 206 del Cód General del Proceso, no aplica para la cuantificación de daños extrapatrimoniales como el daño moral. Así, si bien la tasación final del daño moral corresponde al juez, en la demanda se debe solicitar una suma específica fundamentada en los criterios orientadores de las altas cortes.
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Cordial saludo, si tengo modalidad de contrato por obra o labor pero actualmente tengo una incapacidad por enfermedad general que es una lesión de rodilla lo que genero realizar una cirugía, le empresa sin estar al 100% de mi movilidad y al terminar la incapacidad puede desvincularme de la empresa? teniendo en cuenta que el especialista puede levantar la incapacidad y dar restricciones laborales como trabajo en casa y continuar con tratamiento en terapias y controles mensuales la empresa también puede terminar mi contrato de forma unilateral?
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