Se autorizan operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación Artículo 26 Colombia
Se autorizan operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación
Artículo 26.
Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias y en especial los artículos 30 de la Ley 9a. de 1991, el inciso segundo del artículo 1o. y el parágrafo del artículo 10 de la Ley 51 de 1990, el Decreto 620 de 1994, los incisos 2o. y 3o. del artículo 41, los incisos 2o. y 3o. del artículo 42 y el artículo 43 del Decreto 2681 de 1993. El Presidente del Honorable Senado de la República,
JUAN GUILLERMO ANGEL MEJÍA
El Secretario General del Honorable Senado de la República,
PEDRO PUMAREJO VEGA
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,
ALVARO BENEDETTI VARGAS.
El Secretario de la Honorable Cámara de Representantes,
DIEGO VIVAS TAFUR.
República de Colombia-Gobierno Nacionl
Publíquese y ejecútase
Dada en Santafé de Bogotá D.C., a 27 de enero de 1995
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
GUILLERMO PERRY RUBIO
Colombia Art. 26 Se autorizan operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación, se autorizan operaciones para el saneamiento de obligaciones crediticias del sector público, se otorgan facultades y se dictan otras disposiciones
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Buenos días
Tengo una liquidación de sociedad conyugal, durante el proceso se dejaron de tener en cuenta en el inventario y avalúo algunos pasivos y recompensas puedo pedir inventario y avalúo adicionales teniendo en cuenta el artículo 503 ?
Muchas gracias
¡Buen día! Si gusta puedo darle mi apreciación jurídica sobre el caso; soy abogado; Whatsapp 3175640466.
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Hola. mi consulta es sobre arriendo de local comercial. Acabo de cumplir 4 años en un local. El contrato se renovó por periodo de un año el 1 de octubre de 2024 (hasta 1 de octubre de 2025). el dueño del local puso en venta la casa y parece que hay un comprador. En caso que se cierre el negocio y se venda la casa, el nuevo dueño me puede sacar del local? me deben dar un tiempo para irme? aplica alguna indemnizacion a mi favor?
Buen día, quisiera saber si un trabajador que lleva laborando en una empresa por más de 15 años con contratos a término fijo de un año (cada año en enero se renueva después del periodo de vacaciones), si la empresa decide no renovar ese contrato, el trabajador tiene derecho a una indemnización por el tiempo que lleva laborando?
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