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Se autorizan operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación Artículo 26 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 02/05/2025

Se autorizan operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación
Artículo 26.

Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias y en especial los artículos 30 de la Ley 9a. de 1991, el inciso segundo del artículo 1o. y el parágrafo del artículo 10 de la Ley 51 de 1990, el Decreto 620 de 1994, los incisos 2o. y 3o.  del artículo 41, los incisos 2o. y 3o. del artículo 42 y el artículo 43 del Decreto 2681 de 1993.

  

El Presidente del Honorable Senado de la República,

JUAN GUILLERMO ANGEL MEJÍA

El Secretario General del Honorable Senado de la República,

PEDRO PUMAREJO VEGA

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,

ALVARO BENEDETTI VARGAS.

El Secretario de la Honorable Cámara de Representantes,

DIEGO VIVAS TAFUR.

República de Colombia-Gobierno Nacionl

Publíquese y ejecútase

Dada en Santafé de Bogotá D.C., a 27 de enero de 1995

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

GUILLERMO PERRY RUBIO



Colombia Art. 26 Se autorizan operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación, se autorizan operaciones para el saneamiento de obligaciones crediticias del sector público, se otorgan facultades y se dictan otras disposiciones
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Las reuniones de empalme del consejo de administración tienen como objetivo garantizar la continuidad en la gestión administrativa y la transferencia de información relevante entre los miembros salientes y entrantes del consejo. Aunque no se menciona explícitamente en la ley 675 la obligación del revisor fiscal de asistir a estas reuniones, su participación se deduce de las obligaciones generales del contador derivadas de la ley 43 de 1990,para así garantizar que los aspectos financieros y administrativos sean correctamente documentados y transferidos.


Email: [email protected]

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ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Y si no hay sindicato ni pacto que se debe hacer?


Debe asistri el revisor fiscal a la reunion de empalme del consejo de administracion?


En principio no existe una norma general que permita autorizar un pagaré mediante una llamada telefónica ante un banco. Sin embargo, esto podría ser posible si está expresamente pactado en el contrato entre el cliente y la entidad financiera, y si se cumplen los requisitos legales y técnicos establecidos en las normas aplicables, como la Ley 527 de 1999 y las demás disposiciones sobre títulos valores electrónicos.


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que efectos tiene que el demandado guarde silencio o conteste la demanda de manera extemporánea?


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