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Se declara el 10 de octubre como el Día Nacional del Colombiano Migrante Artículo 2o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/05/2025

Se declara el 10 de octubre como el Día Nacional del Colombiano Migrante
Artículo 2o.

El Gobierno nacional adoptará las medidas necesarias para desarrollar, durante el diez de octubre, actividades que promuevan y destaquen a los ciudadanos colombianos migrantes; así como también divulgará en los diferentes medios de comunicación institucionales, los programas y proyectos de las entidades del orden nacional que benefician a la comunidad colombiana en el exterior.

Colombia Art. 2o Se declara el 10 de octubre como el Día Nacional del Colombiano Migrante
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Buen dia, agradezco me asesoren, estamos cambiando el sistema de citofonia de todo el conjunto, la pregunta es quien debe asumir el costo del telefono(citofono) que queda dentro de cada apartamento ???

gracias


Sobre la oposición a la entrega, recordemos que la oposición presentada en la diligencia de secuestro por parte de los herederos de la parte demandada, no es válida, ya que son personas que quedan vinculadas a la decisión que iba dirigida contra la persona fallecida, por efecto de su condición de herederos. Al respecto puede verse la Sentencia T-367 de 201.


Email: temasdeley@gmail.com

WhatsApp: 573166406899

ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Recordemos que el proceso de insolvencia y en este sentido los artículos correspondientes del Código General del Proceso, fueron modificados por la LEY 2445 DE 2025.


Email: temasdeley@gmail.com

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Recordemos que el proceso de insolvencia y en este sentido los artículos correspondientes del Código General del Proceso, fueron modificados por la LEY 2445 DE 2025.


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Con fundamento en los artículos 1008 y 1155 del Código Civil, entre otros, en cabeza de los herederos del arrendador fallecido continuan las obligaciones del contrato de arriendo y de esta manera, los herederos deben respetar el contrato de arrendamiento vigente no obstante el arrendador fallezca, ya que está de por medio el derecho al trabajo o la vivienda de la persona arrendataria.


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