Se dictan disposiciones sobre amnistía, indulto y tratamientos penales especiales Artículo 3o Colombia
Se dictan disposiciones sobre amnistía, indulto y tratamientos penales especiales
Artículo 3o. Ámbito de aplicación
La presente ley aplicará de forma diferenciada e inescindible a todos quienes, habiendo participado de manera directa o indirecta en el conflicto armado, hayan sido condenados, procesados o señalados de cometer conductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado cometidas con anterioridad a la entrada en vigor del acuerdo final. También cobijará conductas amnistiables estrechamente vinculadas al proceso de dejación de armas.Además se aplicará a las conductas cometidas en el marco de disturbios públicos o el ejercicio de la protesta social en los términos que en esta ley se indica.
En cuanto a los miembros de un grupo armado en rebelión solo se aplicará a los integrantes del grupo que haya firmado un acuerdo de paz con el Gobierno, en los términos que en esta ley se indica.
Colombia Art. 3o Se dictan disposiciones sobre amnistía, indulto y tratamientos penales especiales
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Para efecto de la determinación de la tipicidad y prescripción de este delito de Peculado por apropiación, es indispensable distinguir entre la consumación (el acto de disposición jurídica) y el agotamiento (el pago efectivo o apropiación material del dinero). Dependiendo de si el servidor público tenía disponibilidad material o jurídica sobre los bienes, se definirá el momento exacto en que la conducta punible se perfeccionó y el grado en el que se participó. Esta interpretación expansiva de la disponibilidad funcional, permite atribuir responsabilidad a altos funcionarios que, sin tener contacto directo con los recursos, tienen el poder jurídico para disponer de ellos de manera ilícita y el deber de vigilarlos, reforzando así la protección del patrimonio público.
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Puede un tribunal administrativo, rechazar el recurso extraordinario de unificación de jurisprudncia, habiendose interpuesto y sustentado en el mismo memorial de interposición del recurso?
Buenos Días
tengo un local Comercial desde hace 28 años el arrendatario vio una oportunidad mas con alquilarlo a otra entidad se ha cumplido a cabal todos los pagos e inclusive a subido el arriendo mas de lo debido sin justa causas, si no se acepta siempre pide el local comercial con que se lo desocupe estos aumentos han sido siempre sobre hostigamiento como me ampara la ley si lo debo desocupar y que indemnización seria por 28 años ocupándolo.
Que requisitos son necesarios para solicitar un exequatur en Colombia sobre una sentencia de divorcio en los Estados Unidos de un matrimonio realizado en Colombia. El interés de los divorciados es darle validez en Colombia a la sentencia de los Estados Unidos. Gracias
Tengan muy buenas tardes, en la empresa donde laboro quieren colocar un turno 14 x 7, 14 día laborando turnos de 12 horas menos la hora del almuerzo y 7 días de descanso, ellos argumentan que no se genera horas extras por dicen ellos que cumple con los límites legales, eso es cierto?, o como deberían ellos liquidar dicho turno?.
Mi modo de ver la interpretación del art. 165 es que en esas dos semanas cada una con 77 horas de trabajo excede las 44 horas semanales que dice con la reforma y hay 33 horas que sería extras, estoy equivocado?, muchas gracias.
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