Se dictan normas encaminadas a salvaguardar, fomentar y reconocer la gastronomía colombiana Artículo 6o Colombia
Se dictan normas encaminadas a salvaguardar, fomentar y reconocer la gastronomía colombiana
Artículo 6o. Sello gastronómico colombiano
Créese el sello de gastronomía tradicional colombiana, el cual será expedido por la Superintendencia de Industria y Comercio en coordinación con los Ministerios de Cultura y de Comercio, Industria y Turismo. PARÁGRAFO. La Superintendencia de Industria y Comercio, los Ministerios de Cultura, de Comercio, Industria y Turismo y el Comité Asesor de Política para el conocimiento, la salvaguardia, el fomento de la alimentación y las cocinas tradicionales, definirán los requisitos para reglamentar el sello de Gastronomía tradicional colombiana.
Colombia Art. 6o Se dictan normas encaminadas a salvaguardar, fomentar y reconocer la gastronomía colombiana Ley 2144 de 2021
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La Sentencia T-023 de 2026 indica que una entidad administradora de pensiones no puede exigir a un hijo o hija menor de 18 años que demuestre dependencia económica cuando la ley no establece ese requisito para esa categoría de beneficiario. Exigirlo vulnera el debido proceso administrativo, la seguridad social y el interés superior del menor.
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
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La Nación se vincula a la celebración de los 30 años de existencia jurídica del Instituto Universitario de la Paz (Unipaz) de Barrancabermeja, Santander Artículo 2o. Código Civil Artículo 2068. Terminacion del contrato por culpa de quien presta el servicio La cual la nación se vincula a la celebración del Bicentenario de la Procuraduría General de la Nación Artículo 12. Código General del Proceso Protocolo adicional al Acuerdo entre la República de Colombia y el Organismo Internacional de Energía Atómica Artículo 13.Publique la información de sí mismo
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