Se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua (Se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua) Colombia
Se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua
- Artículo 1o. Programa para el uso eficiente y ahorro del agua
- Artículo 2o. Contenido del programa de uso eficiente y ahorro del agua
- Artículo 3o. Elaboracion y presentacion del programa
- Artículo 4o. Reduccion de perdidas
- Artículo 5o. Reuso obligatorio del agua
- Artículo 6o. De los medidores de consumo
- Artículo 7o. Consumos basicos y maximos
- Artículo 8o. Incentivos tarifarios
- Artículo 9o. De los nuevos proyectos
- Artículo 10. De los estudios hidrogeologicos
- Artículo 11. Actualizacion de informacion
- Artículo 12. Campañas educativas a los usuarios
- Artículo 13. Programas docentes
- Artículo 14. Artículo derogado
- Artículo 15. Tecnologia de bajo consumo de agua
- Artículo 16. Proteccion de zonas de manejo especial
- Artículo 17. Sanciones
- Artículo 18. Vigencia
Otras regulaciones
Se otorgan facultades extraordinarias para modificar la estructura y la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación Se rinde honores a Gloria Valencia de Castaño por su aporte al medioambiente Convenio para prevenir y sancionar los actos de terrorismo configurados en delitos Se expide la ley de inversión social Se regula la instalación y puesta en marcha de sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de infraccionesMejores juristas





Por solo uso de la razón y justa causa. El código de tránsito español tiene excepciones lógicas, que permite adelantar a otro vehículo en línea continua.
Pregunto el código colombiano incluye estás exepciones? No entiendo porq no las incluiría.
El artículo 199 del cod civil es una aplicación del principio desarrollado en el artículo 2327 o el 966 del mismo código civil entre otros, principio por el cual se señala que las mejoras útiles se pueden llegar a quitar y llevarlas por quien las hizo, o sea que no se pierden, a menos que al quitarlas se dañe el bien del propietario. Las mejoras útiles se pueden determinar principalmente porque no eran indispensables para el funcionamiento del bien sobre las cuales se instalaron y porque aumentan el valor de dicho bien.
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Ayuda por favor, en notaría le hicimos escritura a mi hijo, el ahora quiere que la casa quede. De nuevo a nombre de el, su hermana y yo como madre se puede hacer?todos somos mayores de edad, la casa antes era mía y le hice escritura a el porque su hermana era menor, ahora ella es de 18 años, mi hijo tiene un hijo de 5 años , entonces porfavor ayudemen el puede hacer la escritura a nombre de el ,heanan y yo. ,Dios le pague desesperada estoy
Que pasa si la empresa no me envía el examen médico de retiro
Que pasa si en la dotación de trabajo no nos daban calzado
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