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Se establece la cuota de fomento algodonero, se crea un Fondo de Fomento Artículo 9o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Se establece la cuota de fomento algodonero, se crea un Fondo de Fomento
Artículo 9o. Funciones del comité directivo

El Comité Directivo del Fondo tendrá las siguientes funciones:

1. Trazar las políticas generales para garantizar el cumplimiento de los fines y objetivos del Fondo, estableciendo prioridades de corto, mediano y largo plazos.

2. Aprobar los programas y proyectos para cada anualidad, presentados por la entidad administradora, con el voto favorable del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su Delegado,

3. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos del Fondo presentado por la entidad administradora, con el voto favorable del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su Delegado.

4. Aprobar los contratos de asociación, confinanciación, o de cualquiera otra índole, que para el cumplimiento de los fines y objetivos del Fondo, proponga celebrar la entidad administradora con el voto favorable del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su Delegado.

5. Velar por la correcta y eficiente gestión del Fondo por parte de la entidad administradora.

6. Velar para que los recursos del Fondo se distribuyan equitativamente por regiones, de acuerdo con los recaudos, sin perjudicar los programas y proyectos de investigación básica o especializada de beneficio nacional.

7. Aprobar el Plan de Inversiones y Gastos que presente la entidad administradora del Fondo con el voto favorable del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su Delegado.

8. Las demás que le sean inherentes como máximo órgano directivo del Fondo, las que le asigne el Gobierno Nacional en el contrato especial de administración del Fondo y recaudo de la cuota y las que establezcan las normas legales y reglamentarias vigentes.

PARÁGRAFO.  En caso de que el Gobierno Nacional decida contratar la administración del Fondo de estabilización de precios de algodón con la misma entidad que administre el Fondo de Fomento Algodonero, cada uno de ellos conservará su propio Comité Directivo y cuentas especiales diferentes de tal forma que sus recursos y patrimonio no se confundan entre sí, ni con los de la entidad administradora.

Colombia Art. 9o Se establece la cuota de fomento algodonero, se crea un Fondo de Fomento y se dan normas para su recaudo y administración
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