Se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil, se generan medidas para superar barreras de acceso al mercado de trabajo y se dictan otras disposiciones (Se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil) Colombia
Se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Pequeña empresa joven
- Artículo 3o. Exención del pago en la matrícula mercantil y su renovación
- Artículo 4o. Cumplimiento de obligaciones
- Artículo 5o. Conservación y pérdida de los beneficios
- Artículo 6o. Prohibición para acceder a los beneficios de la presente ley
- Artículo 7o. No aporte a cajas de compensación familiar
- Artículo 8o. Promoción de empleo y emprendimiento juvenil
- Artículo 9o. Promoción del empleo y el emprendimiento a través del mecanismo de protección al cesante
- Artículo 10. Componentes del mecanismo de protección al cesante
- Artículo 11. Desarrollo de programas de jóvenes talentos
- Artículo 12. Promoción de la vinculación laboral de los jóvenes
- Artículo 13. Promoción de escenarios de práctica en las entidades públicas
- Artículo 14. Modificación de las plantas de personal
- Artículo 15. Naturaleza, definición y reglamentación de la práctica laboral
- Artículo 16. Condiciones mínimas de la práctica laboral
- Artículo 17. Reporte de las plazas de práctica laboral en el servicio público de empleo
- Artículo 18. Mecanismos para la homologación de experiencia laboral
- Artículo 19. Reducción de la edad máxima de incorporación a filas para la prestación del servicio militar
- Artículo 20. Acreditación de la situación militar para el trabajo
- Artículo 21. Jornadas especiales
- Artículo 22. Alcance a beneficiarios y focalización de programas en el marco del mecanismo de protección al cesante
- Artículo 23. Oportunidades laborales para jóvenes que se encuentran en los centros de cuidado y protección del estado
- Artículo 24. Trabajo decente en las empresas de los nuevos tiempos
- Artículo 25. Prácticas laborales en el sector minero-energético
- Artículo 26. Procedimiento para fijar la cuota monetaria
- Artículo 27. Educación económica y financiera, cooperativa y solidaria en el sistema educativo
- Artículo 28. Vigencia y derogatorias
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Montenegro Galindo Abogados
Sobre las causales de divorcio indicadas en este artículo 154 del código civil, es necesario indicar que se incluirá una nueva causal número 10, que se denominará “La sola voluntad de cualquiera de los cónyuges”, la cual le da nacimiento al divorcio unilateral en Colombia. Es decir, el Colombia se podrá radicar un divorcio ante juzgado alegando simplemente que se desea separarse de la pareja, pero que esta no colabora para hacerlo en notaría, en otras palabras, un divorcio que no necesita demostrar un mal comportamiento de la otra persona, para poder separarse de ella.
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me puede ayudan indicándome si existe algún articulo que hable sobre si es obligatorio aumentarle el salario a las personas que ganes mas del minimo.
Estimado Abogado. Conoce usted de qué trata la LEY 1123 DE 2007 y para qué sirve?
Si la prestación de servicios ha sido continua, sin interrupciones significativas, y la necesidad de los servicios del trabajador ha sido constante, esto puede indicar una relación laboral indefinida. La jurisprudencia ha señalado que interrupciones cortas entre contratos no necesariamente rompen la continuidad de la relación laboral. // Si la naturaleza del trabajo realizado por el empleado es de carácter permanente y no temporal, esto puede ser un indicativo de que la relación laboral es indefinida no mediada por múltiples contratos a término fijo. La Corte Suprema ha destacado que la naturaleza de la labor contratada puede disfrazar una relación laboral indefinida cuando no se justifica un plazo determinado. // El principio de estabilidad laboral, protege al trabajador y puede modificar la naturaleza del contrato a término fijo a indefinido si se cumplen ciertos requisitos, como la subsistencia de la materia de trabajo y el cumplimiento de las obligaciones por parte del trabajador etc.
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Según el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 50 de 1990, en los contratos a término fijo, la indemnización se calcula con base en el tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato. La jurisprudencia también ha señalado que la sucesiva renovación de un contrato a término fijo no lo convierte automáticamente en uno indefinido, lo que significa que la empresa puede decidir no renovar el contrato al final del plazo estipulado sin que esto implique automáticamente una indemnización por despido injusto por todo el tiempo que la persona lleva relacionada con la empresa mediante continuos contratos a termino fijo.
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