Tratado sobre Asistencia Legal Mutua en Asuntos Penales entre la República de Colombia y la Confeder Artículo 27 Colombia
Tratado sobre Asistencia Legal Mutua en Asuntos Penales entre la República de Colombia y la Confederación Suiza
Artículo 27. Contenido de la solicitud
1. Una solicitud deberá indicar:
a) La autoridad de la cual emana la misma y si es necesario, la autoridad que tenga jurisdicción penal en el Estado Solicitante;
b) El objeto y la razón de la solicitud;
c) Una descripción detallada de las piezas de evidencia, la información necesaria o las medidas solicitadas;
d) Cuando sea posible, el nombre completo, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad y dirección actual de la persona sujeta al proceso penal; y
e) La razón principal por la cual se está solicitando la evidencia o la información, así como un resumen de los hechos relevantes (fecha, lugar y circunstancias en que se cometió el delito) que dan lugar al proceso en el Estado Solicitante, a menos que la solicitud tenga el significado de lo dispuesto en el Artículo 16.
2. Adicionalmente, una solicitud debe incluir:
a) En caso de la aplicación de una ley extranjera con respecto al cumplimiento (artículo 5, parágrafo 2), el texto de las disposiciones aplicables en el Estado Solicitante, y la razón de su aplicación;
b) En caso de las personas participantes en el proceso (Artículo 9), la designación de la persona que atienda el cumplimiento de la solicitud, y la razón de su presencia;
c) El sitio probable y la descripción de los objetos y activos que constituyen los productos o ganancias de un delito o los instrumentos que sirven para cometer el mismo (Artículo 13) o la razón principal por al cual estos objetos o activos están ubicados en el territorio del Estado Solicitado;
d) En caso de notificación de providencias judiciales y de citaciones (Artículo 16 y 17), el nombre y dirección de la persona a quien los documentos y citatorios deban entregarse;
e) En caso de citación de testigos o expertos (Artículo 17), una declaración que constate que el Estado Solicitante pagará los gastos de viaje, viáticos y estadía, y que a la vez, si fuese solicitado, pagará por adelantado.
f) En caso de traslado de personas detenidas (Artículo 22), los nombres de las mismas.
Colombia Art. 27 Se aprueba el Tratado sobre Asistencia Legal Mutua en Asuntos Penales entre la República de Colombia y la Confederación Suiza, hecho en Davos, Suiza, el 28 de enero de 2011
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Tengo un local comercial en el cual tengo un televisor, pero solo lo utilizo para ver televisión, estoy obligado a pagar derechos de autor o sayco y acinpro
Mi pareja recibio una herencia antes de conocernos, tuvimos una convivencia por mas de 6 años , el muere hace un mes pero no tiene padres ni hijos, al morir siendo mi pareja ( se da una sucesion )en la linea sucesoral despues de los padres e hijos que no tiene , despues de ellos vengo yo. Teniendo en cuenta que la sociedad se acaba por la muerte de el. Tengo derechos a reclamar esa herencia?
El término "días hábiles" no es estático y depende directamente de la jornada laboral pactada entre el empleador y el trabajador: La jornada ordinaria es la que las partes convienen. Por lo tanto, los días que se consideran "hábiles" para contar las vacaciones son aquellos en los que el trabajador normalmente presta sus servicios. Es decir, si el trabajador labora de lunes a sábado se entenderá días hábiles (6 días) o en el evento de un trabajador con jornada laboral incompleta por dar un ejemplo de lunes a jueves se entenderán por días hábiles (4 días). Si en el contrato o acuerdo entre las partes se estableció que el día sábado es un día laborable, este se debe contar como un día hábil para la liquidación y el disfrute de las vacaciones. Es decir, que no se otorgan las vacaciones considerando los días hábiles de lunes a viernes como es el común, sino según la jornada de cada contrato.
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Sobre el delito de falsedad material del artículo 287 del Código Penal, es necesario recordar que se incurre en falsedad material al crear un documento público que no existía, pero que de existir tendría que haber sido expedido por un servidor público en el ejercicio de sus funciones. Las fotocopias del documento falsificado genera los mismos efectos penales que el original, si son idóneas para lograr engañar. Para estos efectos, los documentos públicos falsificados deben representar hechos trascendentes en el ámbito social, creando, modificando o extinguiendo relaciones jurídicas. Esto implica que la acción falsaria debe recaer sobre documentos aptos para servir de prueba. La sola falsificación de un documento público ya es delito, independientemente de su uso, siempre que el documento posea la idoneidad y aptitud suficiente como para lograr engañar si se hubiese usado.
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Despues de firmar contrato para arrendar un predio, nos dimos cuenta que la persona a la que le ibamos a arrendar tenia antecedentes de estafa. Quisimos cancelar todo pero ahora dice que nos toca pagar por incumplimiento ya que se habia firmado. Nunca ocupo el predio solo se firmo el contrato. Que se puede hacer?
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