
Nombre: ɪus Statera Abogados
Número de teléfono:Especialistas en las diferentes áreas del derecho, contamos con alianzas a nivel nacional, como GDC GLOBAL, Don Camilo, Conprime Inmobiliaria, Lealtad Seguros, Policía Nacional u otros gremios que nos acreditan y confiaron en nosotros. Manejamos abogados delegados en cada Ciudad de Colombia, lo cual facilitara a nuestros clientes todo proceso o tramite legal, altamente capacitados y recomendados.
Los comentarios del abogado ɪus Statera Abogados
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Abogado Jesús Crúz Olivella
Los mensajes de datos se presumen auténticos, pero esto no equivale a tener por probado automáticamente su contenido, origen, recepción y acceso. La parte contra quien se hacen valer como prueba, puede alegar su autenticidad, integridad o correspondencia con los hechos que se pretenden acreditar. Si existe una impugnación seria, sobre la identidad de las partes que remitieron y recepcionaron el mensaje o la integridad de la conversación, puede ser necesario acudir a otros medios de prueba, como la exhibición del dispositivo electrónico, la exportación completa del chat, información del proveedor o una prueba pericial.
La libertad probatoria permite utilizar diversos medios para demostrar la recepción de la comunicación, pero los mensajes de datos deben ser valorarlos de manera conjunta y conforme a la sana crítica. Por tanto, una captura de pantalla que coincida con otros elementos —por ejemplo, respuestas del destinatario, identificación del número, acuse automático o conducta posterior relacionada con el contenido— puede resultar suficiente mientras no se ponga en duda; en cambio, una imagen aislada, incompleta o sin datos verificables puede ser apenas un indicio y el juzgado podría solicitar más demostración de su autenticidad, pertinencia y utilidad
Este art 247 distingue entre el mensaje de datos en su formato original o en un formato que lo reproduzca con exactitud y la simple reproducción física del contenido. El primero puede valorarse como mensaje de datos; la impresión en papel, una fotografía o una captura de pantalla constituye una reproducción documental y debe valorarse conforme a las reglas generales de los documentos. La falta de aportación del formato electrónico original no afecta automáticamente toda la eficacia de la prueba, pero sí puede alegarse la autenticidad, integridad y fuerza demostrativa del elemento aportado.
En consecuencia, una captura de pantalla puede ser suficiente para introducir el contenido de una comunicación al expediente, pero no necesariamente demuestra por sí sola todos los hechos relevantes de la notificación. El juzgado debe examinar conjuntamente la autoría, la integridad del contenido, la identificación del destinatario, la fecha y hora, la recepción y, cuando sea necesario, los documentos que acrediten la idoneidad del canal que se utilizó.
La persona interesada puede demostrar, por cualquier medio pertinente, conducente y útil, que el mensaje y sus anexos fueron enviados al canal digital adecuado y que llegaron a la persona destinataria o que esta pudo acceder a su contenido. Por ello, son admisibles, entre otros elementos, el acuse de recibo expreso, las confirmaciones automáticas del correo, la exportación del chat, las certificaciones de empresas especializadas y las capturas de pantalla.
La prueba de la notificaicón no se cumple con demostrar únicamente que se realizó una transmisión electrónica. Debe existir algún elemento objetivo que permita establecer la recepción o el acceso al mensaje por parte del destinatario. En el caso de WhatsApp, los dos indicadores de envío y recepción (chulitos) pueden ser relevantes, pero su utilidad dependerá de que permitan identificar el número del destinatario, la fecha, el contenido remitido y la correspondencia entre el mensaje y sus anexos.
Existen decenas de incidentes indicados taxativamente, está el del apoderado sustituido o revocado, la multa y perjuicios por temeridad o mala fe, la regulación de perjuicios por retiro de la demanda, la liquidación de condena, frutos, intereses, mejoras o perjuicios,las controversias derivadas de la cesión de derechos litigiosos, el beneficio de competencia, los incidentes relacionados con entrega, secuestro y oposición a medidas sobre bienes, los del los arts 23, 35, 44, 68, 76, 86, 92, 186, 283, 284, 308, 310, 377, 379, 395, 399, etc
Según el art 129 del Cód General del proceso, los incidentes pueden proponerse fuera de audiencia (i) cuando ya se haya proferido sentencia; (ii) cuando una norma autorice expresamente su promoción por fuera de audiencia; y (iii) cuando el incidente planteado en una audiencia no guarde relación con el objeto de esta. En el tercer caso, se corre traslado del escrito a la contraparte por tres días y, vencido ese término, el juez convoca a audiencia para decretar y practicar las pruebas pertinentes.
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Cordial saludo
Ante la pregunta: "...Se puede desistir de la denuncia frente al delito de contaminacion ambiental por residuos solidos establecido en el articulo 332a del codigo penal..."
Respondemos: Si, debe indicar al juzgado de conocimiento y/o fiscal delegado, la solicitud de cierre del proceso, con gusto le podemos colaborar con este tramite, contamos con abogados especializados en penal.
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CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.
Atentamente,
Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Código Penal Artículo 332. Contaminación ambiental
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...disculpa yo soy auxiliar contable y fui contrata para ello, pero ahora me dicen que soy de manejo y confianza que debo estar 24/7 para la empresa y que debo hacer las cosas que le corresponden al contador y que si no las hago no sirvo para nada me gustaría saber como me puedo defender por que están buscando como echarme mandándome memos por no hacer la declaración de renta los estados financieros y todo lo referido que tengo conocimiento que es manejo del contador, otra cosa el contador es el que da las ordenes yo no tengo manejo de personal y no tengo ni voz ni voto para tomar decisiones con tal soy de manejo y confianza..."
Respondemos: Un auxiliar contable no cumple esas funciones como usted bien indica, y eso extralimitación de funciones ordenado por parte del empleador, en dado caso. Si tiene su contrato con gusto lo podemos revisar y cada una de las actuaciones realizadas, como llamadas de atención, actas de cumplimiento o memorando. Para que se realice el respectivo memorando debe ser un falta grave o reincidencia por parte del empleado, pero con base a sus funciones detalladas y/o explicadas en capacitación o al momento de firmar el contrato.
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Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Usuario Claudia Jiménez
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...LA EQUIDAD SEGUROS ME DICE ESTO: En virtud de lo anterior, es necesario precisar que la cobertura de Responsabilidad Civil Extracontractual, en el amparo de daños a bienes de terceros, otorgada mediante la póliza AA013022 orden 1070 tiene establecido un deducible de 10% de la perdida mínimo 1 SMMLV, que para el año 2020 asciende a $ 877.803, el cual deberá conciliar directamente con el asegurado, de acuerdo con lo contemplado en el artículo 1103 del Código de Comercio. Yo debo negociar con la persona que choco mi carro un salario mínimo y no con el seguro..."
Respondemos: Falso, con gusto le podemos guiar, se debe impugnar la respuesta de la aseguradora.
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Kevin Prieto Malaver
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Código de Comercio Artículo 1103. Deducible
Cordial saludo
Ante su pregunta: Ojala se cumpliera el codigo a cabalidad
Respondemos: Es deber y derecho de cada ciudadano el hacerlo cumplir, y en caso que se incurra en alguna vulneración acudir a los mecanismos legales correspondientes.
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Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Descargar Código Nacional de Policía
Cordial saludo
Ante su pregunta: "....Buenos dias, el 22 de octubre de 2019 un vehiculo estrello el mio, el vehiculo que me estrello tiene seguro todo riesgos, fui a la aseguradora y me entregaron unos requisitos para hacer la reclamacion, mi pregunta es cuanto tiempo tengo para realizar la reclamacion? y si los meses de cuarentena obligatoria cuantan para el plazo de esta..."
Respondemos: Son dos años desde el conocimiento del siniestro, en este momento sigue en términos para hacer la correspondiente reclamación, con gusto le podemos guiar y asesorar en temas de accidente de transito.
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Código de Comercio Artículo 1133. Acción directa contra el asegurador
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...Buenos dìas, la disminuciòn de la cuota de Administraciòn necesita para su aprobaciòn MAYORÌA CALIFICADA..."
Respondemos: Hago claridad en lo siguiente, no debe decirlo el reglamento lo dicta la ley 675 del 2001 como norma que regula la Propiedad Horizontal. Dando respuesta a su pregunta, esa disminución debe ser aprobada por la asamblea de Copropietarios por Mayoría Calificada.
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El régimen de propiedad horizontal Artículo 46. Decisiones que exigen mayoría calificada
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...Se pueden variar alturas y quitar aislamientos en zonas comunes sin aprobación de la Asamblea ..."
Respondemos: Todo las acciones que se realice por parte de la administración no debe estar sujeto a aprobación de la asamblea, para eso se designo también al Consejo quienes también propenderán por el bien de la comunidad, con gusto le podemos guiar en temas de Propiedad Horizontal tenemos expertos en el tema.
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El régimen de propiedad horizontal Artículo 46. Decisiones que exigen mayoría calificada
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...Buenas noches, Este articulo de policia le aplicaria a un carro de venta de comida rapida que lleva meses parqueado en un esquina de una zona de conjunto de apartamentos, con la excusa que esta pinchado y no puede moverlo. Y que ademas obstaculiza el giro a una via y que puede llegar a causar un choque de vehiculos?..."
Respondemos: Debe ser un oficial de policía, los de transito no tienen nada que ver en ese asunto. Y adicionado a eso debe llegar personería.
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Código Nacional de Policía Artículo 69. Lugares donde se realizan actividades que involucran aglomeraciones de público complejas
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...buenas tardes, una persona presento querella por perturbacion en un bien inmueble y se resolvio negandole las peticiones pero se decreto status quo hasta que haya decision judicial, el querellante nunca presento proceso ante la justicia ordinaria ...se debe mantener el status quo?
Respondemos: Debe iniciar proceso ante la jurisdicción ordinaria.
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Kevin Prieto Malaver
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Código General del Proceso Artículo 303. Cosa juzgada
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...buen dia, cuando realizan una notificacion de resolucion de traslado de area de trabajo a otro departamento ,pero esta es en la misma ciudad, en la entidad de la fiscalia general de la nacion, a un servidor de la misma, dicha resolucion llega directamente firmada por el director del programa y esta misma esta viciada, uno de sus apellidos esta mal en la resolucion y no hay numero de identificacion alguna, que pueda constatar su identidad..."
Respondemos: Si tiene el acto administrativo en su poder, con gusto podemos guiarle, los requisitos que establece el CPACA y debido proceso, entendiendo el contenido de la notificación, entre otros aspectos. Contáctenos nuestro abogado especializado en administrativo le guiara.
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Usuario alexander martinez