< Los abogados

Nombre: Consultatio Iura - 316 929 2102

180   60
Está en el sitio desde: 28/07/21
Dirección: https://www.instagram.com/consultatioiura/
WhatsApp: 3169292102
Costo de las consultas desde: $80.000
Educación: Abogado titulado - especialista

Los comentarios del abogado Consultatio Iura - 316 929 2102

Buenas tardes, de acuerdo a lo regulado por el artículo 45 de la Ley 675 de 2001, para que pueda deliberarse se requiere un numero plural de propietarios que representen mas de la mitad del coeficiente de copropiedad, y las decisiones seran tomadas con el voto de la mitad más uno de los asistentes, con algunas excepciones de que trata el mismo artículo.


Dirección: https://www.instagram.com/consultatioiura/

Email: consultatio.iura@gmail.com

Sitio web: https://consultatioiura.wixsite.com/my-site

WhatsApp: 3169292102

Cotice el valor de sus consultas jurídicas personalizadas con nosotros, a través del correo electrónico o vía WhatsApp.

https://leyes.co/user/2890.htm



Buenos días, el comparendo será expedido a nombre del conductor quien es considerado por la ley como el infractor, y por lo tanto el responsable de la seguridad de los pasajeros.


Dirección: https://www.instagram.com/consultatioiura/

Email: consultatio.iura@gmail.com

Sitio web: https://consultatioiura.wixsite.com/my-site

WhatsApp: 3169292102

Cotice el valor de sus consultas jurídicas personalizadas con nosotros, a través del correo electrónico o vía WhatsApp.

https://leyes.co/user/2890.htm



Buenos días, ello dependerá de cómo se produjo el daño y si este consiste en una mejora necesaria o suntuaria, si es necesaria y no fue por culpa del arrendatario, este podrá repararla y el arrendador debera reintegrarle. Por otro lado, si se trata de un daño causado por el arrendatario esté será el responsable de cubrir los daños.


Dirección: https://www.instagram.com/consultatioiura/

Email: consultatio.iura@gmail.com

Sitio web: https://consultatioiura.wixsite.com/my-site

WhatsApp: 3169292102

Cotice el valor de sus consultas jurídicas personalizadas con nosotros, a través del correo electrónico o vía WhatsApp.

https://leyes.co/user/2890.htm



Buenos días, usted tendrá derecho a una indemnización en cualquier epoca del contrato, siempre y cuando el despido o terminación del contrato de trabajo sea injusta o ilegal, ya si usted incurrió en una causal para la terminación, no tendrá derecho a ninguna indemnización.


Dirección: https://www.instagram.com/consultatioiura/

Email: consultatio.iura@gmail.com

Sitio web: https://consultatioiura.wixsite.com/my-site

WhatsApp: 3169292102

Cotice el valor de sus consultas jurídicas personalizadas con nosotros, a través del correo electrónico o vía WhatsApp.

https://leyes.co/user/2890.htm



Buenos días, no es posible realizar esos descuentos de valores distintos al salario, ya que este sirve de base para el cálculo y del mismo se realizan las deducciones. Por lo tanto, no es posible realizar una compensación entre lo que se descontará por pago de cotizaciones a seguridad social y lo que se pagará al trabajador por concepto de prestaciones sociales.


Dirección: https://www.instagram.com/consultatioiura/

Email: consultatio.iura@gmail.com

Sitio web: https://consultatioiura.wixsite.com/my-site

WhatsApp: 3169292102

Cotice el valor de sus consultas jurídicas personalizadas con nosotros, a través del correo electrónico o vía WhatsApp.

https://leyes.co/user/2890.htm



Buenas tardes, en ese caso no procede la indemnización sino la constitución de una póliza, que garantice que efectivamente se realizará la venta, pero previo a ello, el arrendador deberá comunicar a usted de la terminación vía correo certificado.


Dirección: https://www.instagram.com/consultatioiura/

Email: consultatio.iura@gmail.com

Sitio web: https://consultatioiura.wixsite.com/my-site

WhatsApp: 3169292102

Cotice el valor de sus consultas jurídicas personalizadas con nosotros, a través del correo electrónico o vía WhatsApp.

https://leyes.co/user/2890.htm



Buenas tardes, lo mas conveniente es que no lo realice a través del derecho de petición, sino acercándose personalmente a las oficinas del banco. Si usted está pasando una situación económica dificil, ello no lo libera o justifica respecto del incumplimiento de las obligaciones adquiridas. Ahora, si usted desea someterse a un régimen de insolvencia, es necesarioq ue se asesore previamente, muy pero muy bien, ya que ello tiene sus consecuencias y valores por pagar.


Dirección: https://www.instagram.com/consultatioiura/

Email: consultatio.iura@gmail.com

Sitio web: https://consultatioiura.wixsite.com/my-site

WhatsApp: 3169292102

Cotice el valor de sus consultas jurídicas personalizadas con nosotros, a través del correo electrónico o vía WhatsApp.

https://leyes.co/user/2890.htm



Buenas tardes, la suspensión del contrato de trabajo, solo se tiene en cuenta para el cálculo de vacaciones y cesantías, no se expresa respecto de la prima de servicios, por lo tanto, no se resta del cálculo el periodo de suspensión.


Dirección: https://www.instagram.com/consultatioiura/

Email: consultatio.iura@gmail.com

Sitio web: https://consultatioiura.wixsite.com/my-site

WhatsApp: 3169292102

Cotice el valor de sus consultas jurídicas personalizadas con nosotros, a través del correo electrónico o vía WhatsApp.

https://leyes.co/user/2890.htm



Buenos días, el proceso de Investigación de la Paternidad es conocido por el Juez de Familia en Primera Instancia. Es decir, que cuenta con dos instancias.


Dirección: https://www.instagram.com/consultatioiura/

Email: consultatio.iura@gmail.com

Sitio web: https://consultatioiura.wixsite.com/my-site

WhatsApp: 3169292102

Cotice el valor de sus consultas jurídicas personalizadas con nosotros, a través del correo electrónico o vía WhatsApp.

https://leyes.co/user/2890.htm



Buenos días, una de las excepciones para que no sea necesario agotar la conciliación, es precisamente que se declaren medidas cautelares en el proceso. No basta con solicitarlas, sino que sean efectivamente decretadas.


Dirección: https://www.instagram.com/consultatioiura/

Email: consultatio.iura@gmail.com

Sitio web: https://consultatioiura.wixsite.com/my-site

WhatsApp: 3169292102

Cotice el valor de sus consultas jurídicas personalizadas con nosotros, a través del correo electrónico o vía WhatsApp.

https://leyes.co/user/2890.htm



Página: 1 ... 6 7 8 9 ... 19
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

El artículo 38 de la Ley 1258 de 2008 indica: "Las prohibiciones contenidas en los artículos 155, 185, 202, 404, 435 y 454 del Código de Comercio no se les aplicarán a las sociedades por acciones simplificadas, a menos que en los estatutos se disponga lo contrario."  Es decir, si la empresa es una S.A.S., el accionista, empleado y miembro de junta directiva sí estaría facultado para votar los estados financieros, salvo que los estatutos digan lo contrario.


Email: temasdeley@gmail.com

WhatsApp: 573166406899

..civil, laboral, penal, familia, comercial, administrativo...

ABOGADAS Y ABOGADOS EGRESADOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WHATSAPP 3166406899



Buenas tartes, un accionista de una empesa es accionista del 33% , es empleado y asu vez es miembre principal de junta direcctiva, segun esto la pregunta es el estaria facultado para votar los estados financieros de cierre



El punto de partida para contar el término de dos meses para demandar corre desde la “fecha del acto respectivo”, es decir, desde el día en que se celebró la asamblea. Antes del Código General del Proceso, se contaba desde la publicación del acta. Esta creencia aún es muy generalizada y muchas oportunidades de demandar se pierden por esperar el acta. Así, la impugnación de actas de asambleas sólo podrá ser intentada dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la reunión en la cual sean adoptadas las decisiones, a menos que se trate de acuerdos o actos de la asamblea que deban ser inscritos en el registro mercantil, caso en el cual los dos meses se contarán a partir de la fecha de la inscripción.


Email: temasdeley@gmail.com

WhatsApp: 573166406899

..civil, laboral, penal, familia, comercial, administrativo...

ABOGADAS Y ABOGADOS EGRESADOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WHATSAPP 3166406899



buenos días, la constructora a la cual le compre un proyecto de vivienda en el año 2018 y a este año me envía una carta para que le envié la certificación bancaria para devolver el dinero que es su momento se le entrego y me envía una carta para dar por terminado el contracto de compra de el apartamento



buenos dias, si el empleador nunca pago salud y pension, debe responder por el 100% de los aportes no realizados en caso de una demanda?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse