Código de Régimen Departamental Artículo 169 Colombia
Código de Régimen Departamental
Artículo 169.
El producto de los impuestos establecidos en el artículo 1o., de la Ley 78 de 1966 se entregará en su totalidad a las beneficencias de los Departamentos, Intendencias, Comisarías y Distrito Especial de Bogotá, en proporción a los recaudos efectuados en cada una de las secciones territoriales, y se destinará exclusivamente a construcción, dotación, sostenimiento y reparación de instituciones asistenciales y hospitalarias sin ánimo de lucro, de acuerdo con los programas que para cumplir con esta función social elabore el Ministerio de Salud Pública. Del producto de estos impuestos se destinará no menos del ochenta y cinco por ciento (85%) para las instituciones hospitalarias, excepto en el Distrito Especial de Bogotá. En los Departamentos, Intendencias y Comisarías donde no existiere beneficencia organizada, y mientras ella se organice, la parte que les corresponda en el producido de los impuestos que la citada ley establece, será entregada al respectivo Departamento, Territorio Nacional o Distrito Especial para ser gastada exclusivamente en los servicios asistenciales y hospitalarios a que se refiere el presente artículo, con sujeción estricta a los planes trazados por el Ministerio de Salud Pública.
El valor de los premios no cobrados dentro de los veinte (20) días siguientes a la realización del concurso, se entregará en su totalidad a la beneficencia de la sección en donde hubieren sido sellados los respectivos formularios ganadores, o al Departamento, Intendencia o Comisaría en donde no existiera beneficencia organizada.
XII. Estampillas.
Colombia Art. 169 Código de Régimen Departamental Decreto 1222 de 1986
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La cláusula de reserva de dominio permite que en una venta a plazos, el vendedor conserve la propiedad del vehículo hasta que el comprador pague la totalidad del precio. Si incumple, el vendedor puede exigir la restitución del vehículo y reclamar compensaciones por su uso y los perjuicios causados, pues lo recibiría usado. Mientras se tiene esta garantía, el comprador no puede vender, gravar, permutar ni disponer del vehículo sin autorización del vendedor, ni cambiar su ubicación o darle un uso distinto al acordado. También debe informar cambios de domicilio y cualquier medida judicial que afecte el vehículo y/o que se pacte. Esta garantía debe anotarse en el organismo de tránsito en el certificado de propiedad del vehículo. Al momento de la venta, se registra esta garantía y se pide su levantamiento cuando se pague la deuda.
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Cuántos días se pueden demorar en pagar una liquidación
Una pregunta si el empleado te paga la mitad del la liquidación y se tarda del la fecha acordada de pagar el resto aún se puede demandar ??
El arrendatario puede defenderse ante la aseguradora con los mismos argumentos que tiene frente al arrendador. Si se hizo el preaviso de manera correcta no procedería la penalidad. Con las pruebas que se tienen, las comunicaciones etc, se organiza la oposición a la intención de subrogación de la aseguradora.
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Acerca de cuánto podría cobrar una fiduciaria por administrar un patrimonio, es bueno indicar que en Colombia no existen tarifas mínimas ni máximas para las comisiones de una fiducia mercantil. Esto se pacta entre las partes y la persona elige la fiduciaria que más le guste según las ofertas del mercado. En el contrato debe indicarse cómo se calcula la remuneración, sobre qué valores se liquida, cuándo se paga y quién asume costos. Hay tres formas muy comunes que son la Comisión fija (% sobre los activos administrados), la comisión variable (% sobre los rendimientos obtenidos) o una combinación de ambas. No obstante esta libertad, no puede la fiduciaria prometer resultados exactos (la fiduciaria se compromete a actuar con diligencia para lograr un fin, pero no puede asegurar tener rendimientos concretos, ya que el mercado es un ámbito incierto) y se debe verificar bien que el contrato especifique todos los gastos adicionales que asumirá la persona que contratará a la fiduciaria.
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