Codigo de Regimen Municipal Artículo 280 Colombia
Codigo de Regimen Municipal
Artículo 280.
Las operaciones de crédito interno que proyecten celebrar las entidades descentralizadas de los Municipios requieren concepto favorable del Alcalde y deben estar acompañadas de los siguientes documentos: 1. Estudio económico que demuestre la utilidad de las obras o inversiones que se van a financiar y su sujeción a los planes y programas que estén adelantando las administraciones seccionales y municipales, acompañado de la proyección del servicio de la deuda que se va a contraer.
2. Copia auténtica de la autorización de la junta o consejo directivo del organismo descentralizado, para contratar el préstamo y otorgar garantías.
3. La minuta del contrato acompañada de la aceptación del contratista y los demás documentos de que tratan los ordinales 3o., 4o. y 5o. del artículo 279 de este Código.
Colombia Art. 280 Codigo de Regimen Municipal
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Buenas noches para todos
Los gatos pueden transitar en los parques sin una correa especial en compañía de sus dueños?
una pregunta me pueden aser un comparendo por menos de un gramo de marihuana? en un parque?
Un ejemplo de hechos debidos?
Hola buenas noches cuando una persona es condenada a la pena mínima (4 años ) de cárcel por violencia intrafamiliar, tiene algún beneficio ejem. Casa por cárcel o no tiene ninguno. Gracias.
Buenas noches hasta donde es legal que una empresa decida en vez de pagar las horas extras se saque en tiempo.
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