CGP Artículo 11 Colombia
Código General del Proceso
Artículo 11. Interpretación de las normas procesales
Al interpretar la ley procesal el juez deberá tener en cuenta que el objeto de los procedimientos es la efectividad de los derechos reconocidos por la ley sustancial. Las dudas que surjan en la interpretación de las normas del presente código deberán aclararse mediante la aplicación de los principios constitucionales y generales del derecho procesal garantizando en todo caso el debido proceso, el derecho de defensa, la igualdad de las partes y los demás derechos constitucionales fundamentales. El juez se abstendrá de exigir y de cumplir formalidades innecesarias.Colombia Art. 11 Código General del Proceso
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Buenas tardes señores Abogados Colombia - Universidad Nacional.
Los bienes repudiados por el heredero que a crecentan la herencia de los que si aceptaron la herencia, podrán ser tenidos en cuenta como bienes obtenidos de la sociedad conyugal o patrimonial; o siguen siendo bienes de la herencia y no hacen parte de ninguna clase de sociedad?
Es bueno aclarar sobre este artículo 411 del cod civil, que en Colombia existe el derecho de los hijos a reclamar alimentos de sus abuelos cuando los padres no están o no tienen la capacidad. Esta obligación se puede regular mediante conciliación e igualmente se puede demandar ante un juzgado, obviamente demostrando que efectivamente el padre o la madre no existen o no pueden responder por sus propios hijos.
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Sobre lo indicado en este artículo 1778 del cod civil, es necesario aclara que aunque dice que las capitulaciones son irrevocables y tampoco podrán reformarse así la pareja lo desee, dicho acto se puede deshacer por sentencia judicial si se prueba que uno de los excónyuges fue engañado o presionado para hacerlas.
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Buenos dias,cuandos se habla de las 3/5 partes de la condena esto es entre fisicos y rebajados?
señor llame un abogado de familia créame q le va cambiar la vida; ese señor no merece eso.
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