CST Artículo 14 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/02/2021
Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 14. Caracter de orden publico. irrenunciabilidad
Las disposiciones legales que regulan el trabajo humano son de orden público y, por consiguiente, los derechos y prerrogativas que ellas conceden son irrenunciables, salvo los casos expresamente exceptuados por la ley. Colombia Art. 14 Código Sustantivo del Trabajo
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Los comentarios de los usuarios
Sebastia Ramires
17/01/20 10:35:14
Buenas días me podrían explicar lo del artículo 14 del código sustantivo del trabajo gracias
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