Se aprueba el Convenio número 161, sobre los servicios de salud en el trabajo adoptado por la 71 Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, Ginebra, 1985 (Convenio número 161, sobre los servicios de salud en el trabajo) Colombia
Convenio número 161, sobre los servicios de salud en el trabajo
- Artículo 1o. A los efectos del presente Convenio: a) La expresión "servicios de...
- Artículo 2o. A la luz de las condiciones y la práctica nacionales y en consulta con...
- Artículo 3o. 1. Todo miembro se compromete a establecer progresivamente servicios de salud...
- Artículo 4o. La autoridad competente deberá consultar a las organizaciones de...
- Artículo 5o. Sin perjuicio de la responsabilidad de cada empleador respecto de la salud y...
- Artículo 6o. Para el establecimiento de servicios de salud en el trabajo deberán...
- Artículo 7o. 1. Los servicios de salud en el trabajo pueden organizarse, según los...
- Artículo 8o. El empleador, los trabajadores y sus representantes, cuando existan,...
- Artículo 9o. 1. De conformidad con la legislación y la práctica nacionales,...
- Artículo 10. El personal que presté servicios de salud en el trabajo deberá...
- Artículo 11. La autoridad competente deberá determinar las calificaciones que se...
- Artículo 12. La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con el...
- Artículo 13. Todos los trabajadores deberán ser informados de los riesgos para la...
- Artículo 14. El empleador y los trabajadores deberán informar a los servicios de...
- Artículo 15. Los servicios de salud en el trabajo deberán ser informados de los...
- Artículo 16. Una vez establecidos los servicios de salud en el trabajo, la...
- Artículo 17. Las ratificaciones formales del presente convenio serán comunicadas,...
- Artículo 18. 1. Este convenio obligará únicamente a aquellos miembros...
- Artículo 19. 1. Todo miembro que haya ratificado este convenio podrá...
- Artículo 20. El director general de la Oficina Internacional del Trabajo notificará...
- Artículo 21. El director general de la Oficina Internacional del Trabajo comunicará...
- Artículo 22. Cada vez que lo estime necesario, el Consejo de Administración de la...
- Artículo 23. 1. En caso de que la Conferencia adopte un nuevo convenio que implique...
- Artículo 24. Las versiones inglesa y francesa del texto de este convenio son igualmente...
Otras regulaciones
Se reglamenta el ejercicio de la profesión de Geógrafo y se dictan otras disposiciones Acuerdo sobre Sanidad Animal para Intercambio de Animales y Productos de Origen Animal La Nación se asocia a la celebración de los cien años de la fundación del municipio de Albán Tratado sobre traslado de personas condenadas entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Panamá Se crea la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el FútbolMejores juristas





Buenas tardes, si la empresa me descontó o retuvo parte de mi salario para el pago de un embargo judicial y la empresa nunca consigno eso a la cuenta del juzgado. Que se puede hacer en ese caso
Hola amigos, solo quiero recomendarlos a una buena compañía de préstamos donde obtuve mi préstamo de $ 30,000.00 a través de su correo electrónico cuando buscaba un préstamo para pagar mis facturas y seguir adelante en la vida, entonces un amigo me dio los detalles de esta compañía con la que me comuniqué. a través de esto a través de whatsapp: +256756543536 o correo electrónico: christharmonyloanfund@gmail.com
El administrador de la propiedad horizontal donde soy copropietario ha tenido un mal desempeño en muchos aspecto, en la asamblea en varios se comento que se estaba haciendo una carta para el consejo de administracion esutide el posible cambio, y la administradora propone en varios que voten para ver si ella se queda o no, por una votación del 52% se decide que continue pero nunca se expuso cuales eran las inconformidades con su gestion y tampoco era un tema del orden del dia, se puede impugnar esa decisión?
Si mi petición fue hecha el 20 de noviembre de 2020 y han transcurrido tres meses sin respuesta alguna ¿Ya se configura el silencio administrativo positivo? Pedía a la Empresa de Energía de Arauca reponer un electrodoméstico que se fundió por causas de voltaje, ahincado en problemas de calidad de la energía suministrada, como lo demostré con experticia de un ingeniero eléctrico.
es legal que a un interno sea sometido a trabajar mas de otro horas al dia y que el pago se retrase mas de tres meces
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios