Disposiciones para promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresa (Disposiciones para promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresa) Colombia
Disposiciones para promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresa
- Artículo 1o. Objeto de la ley
- Artículo 2o. Definiciones
- Artículo 3o. Del consejo superior de pequeña y mediana empresa
- Artículo 4o. Funciones del consejo superior de pequeña y mediana empresa
- Artículo 5o. Del consejo superior de microempresa
- Artículo 6o. Funciones del consejo superior de microempresa
- Artículo 7o. Atención a las mipymes por parte de las entidades estatales
- Artículo 8o. Informes sobre acciones y programas
- Artículo 9o. Estudio de políticas y programas dirigidos a las mipymes en el curso de elaboración del proyecto del plan nacional de desarrollo
- Artículo 10. Desarrollo de politicas hacia las mipymes
- Artículo 11. Registro unico de las mipymes
- Artículo 12. Concurrencia de las mipymes a los mercados de bienes y servicios que crea el funcionamiento del estado
- Artículo 13. Orientacion, seguimiento y evaluacion
- Artículo 14. Promocion
- Artículo 15. Politicas y programas de comercio exterior
- Artículo 16. Practicas restrictivas
- Artículo 17. Fondo de modernización e innovación para las micro, pequeñas y medianas empresas
- Artículo 18. Recursos del fondo de modernización e innovación para las micro, pequeñas y medianas empresas
- Artículo 19. Independencia de los recursos de las subcuentas del fomipyme
- Artículo 20. Administracion de las subcuentas
- Artículo 21. Direccion del fomipyme
- Artículo 22. Integración del consejo administrador del fomipyme
- Artículo 23. Funciones del consejo administrador del fomipyme
- Artículo 24. Del fondo de inversiones de capital de riesgo de las micro, pequeñas y medianas empresas rurales, emprender
- Artículo 25. Estructura del fondo de inversiones de capital de riesgo de las micro, pequeñas y medianas empresas rurales, emprender
- Artículo 26. Sistemas de informacion
- Artículo 27. Conservacion del medio ambiente
- Artículo 28. Tramites ambientales
- Artículo 29. Incorporación al sistema nacional de ciencia y tecnología y red de centros de desarrollo tecnológico
- Artículo 30. Agrupaciones empresariales
- Artículo 31. Programas educativos para mipymes y de creación de empresas
- Artículo 32. Consejos consultivos para el relacionamiento de la educación media con el sector empresarial
- Artículo 33. Participacion del icetex
- Artículo 34. Prestamos e inversiones destinados a las mipymes
- Artículo 35. Democratizacion del credito
- Artículo 36. Democratizacion accionaria
- Artículo 37. Adquisición de títulos de emisión colectiva por parte de los fondos de pensiones
- Artículo 38. Lineas de credito
- Artículo 39. Sistemas de microcredito
- Artículo 40. Condiciones especiales de crédito a empresas generadoras de empleo
- Artículo 41. Destinación de los recursos del artículo 51 de la ley 550 de 1999
- Artículo 42. Regimenes tributarios especiales
- Artículo 43. Estimulos a la creacion de empresas
- Artículo 44. Programa de jovenes emprendedores
- Artículo 45. Lineas de credito para creadores de empresa
- Artículo 46. Adiciónase con el siguiente parágrafo, el artículo 1o de...
- Artículo 47. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga...
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El derecho a la indemnización de seis meses de salarios para un trabajador aforado despedido sin autorización judicial es un derecho respaldado por la jurisprudencia de la Corte Constitucional, la que en múltiples ocasiones ha indicado ya que este derecho no depende de la discreción del juez, sino que es una obligación legal cuando se cumplen las condiciones para su aplicación. Es decir, es independiente de cualquier otra indemnización que se le deba pagar al empleado y en esa medida no se excluye o excluye a otras indemnizaciones, deudas etc. que se le deban pagar al trabajador aforado que fue despedido sin autorización.
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La estafa ocurre cuando se utilizan engaños para hacer caer en un error o en una idea falsa de lo que realmente ocurre y como consecuencia la víctima entrega parte de su patrimonio al victimario. Por ejemplo, hacer creer a la víctima en la existencia de empresas, poder económico, créditos inexistentes o la segura ocurrencia de eventos que sabe con antelación no sucederán. El engaño debe ser lo suficientemente convincente como para hacer que la víctima se desprenda de su patrimonio. La intención de engañar debe ocurrir desde el inicio de la relación entre víctima y victimario. De lo contrario podemos estar ante un incumplimiento de contrato. // El error inducido debe ser directo y consecuencia de los artificios o engaños desplegados. Es decir debe existir una relación causal clara entre el engaño y el error de la víctima y que este error sea el que motive a la víctima a desprenderse de su patrimonio.
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Buen día. Que pasa si me estafaron en un viaje para dos personas. Valor $6000000 seis millones de pesos. La persona devolvió dos millones y no quiere devolver el resto del dinero. Que debo hacer. Puedo demandar por estafa???
Porque no dice nada el 1. de este articulo ?
Hola, una consulta, si el hijo no es ciudadano colombiano, pero el padre si, sigue aplicando este artículo 251 sobre el cuidado de los padres?
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