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Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación Radiactiva Artículo 3o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 04/12/2024

Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación Radiactiva
Artículo 3o. Medidas para evitar la contaminación

Las Altas Partes Contratantes adoptarán las medidas necesarias para que las actividades bajo su jurisdicción o control, se realicen del tal modo que no causen perjuicios por contaminación a las otras partes contratantes ni a su medio ambiente, ni a las zonas situadas más allá de aquellas donde las partes contratantes ejercen su soberanía y jurisdicción. Así mismo, las altas partes contratantes se comprometen a no realizar las actividades, establecidas en el artículo precedente, en las zonas situadas más allá de aquellas donde las partes ejercen su soberanía y jurisdicción.

Colombia Art. 3o Se aprueba el Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación Radiactiva, firmado en Paipa, Colombia, a los veintiún (21) días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y nueve (1989)
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si en violación de los derechos fundamentales por actos administrativos se expone el pqr y no definen el caso a favor del peticionario

se puede solicitar la medida de protección inmediata de los derechos fundamentales o que se debe hacer en este caso


Buenas tardes, quisiera preguntar , ¿cuándo aplica esto? ya que entiendo que está pendiente la firma de Petro y por ende, aún no se puede aplicar. es así?


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Puede un abogado suspender un acuerdo de pago por un error en la fecha del pago de honorarios que el mis realizo

Aún así afectando al deudor.

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Cuando se indica en este artículo que se valorará por el juez la conducta punible, recordemos que se refiere a las valoraciones de la conducta punible que deberán hacer los jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad para decidir sobre la libertad condicional de los condenados, con base en las circunstancias, elementos y consideraciones hechas por el juez penal en la sentencia condenatoria, sean éstas favorables o desfavorables al otorgamiento de la libertad condicional. Esto se indicó en Sentencia de la Corte Constitucional C-757 de 2014.


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