Imprimir

Se aprueba el Acuerdo para la Creación del Instituto Interamericano para la investigación del Cambio Artículo 9o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/07/2024

Se aprueba el Acuerdo para la Creación del Instituto Interamericano para la investigación del Cambio Global
Artículo 9o. Centros de investigación del instituto



1. La Conferencia de las Partes creará y designará Centros de Investigación del Instituto únicamente en base a las propuestas presentadas por las Partes interesadas en ser sede de dichos Centros en su propio territorio.

2. Cada Centro de Investigación del Instituto deberá comprometerse a largo plazo a llevar a cabo un programa de investigación acorde a los objetivos del Instituto, del cual dicho Centro será responsable ante el Instituto. Cada Centro de Investigación deberá presentar sus planes a largo plazo y su programa y presupuesto anuales a la aprobación de la Conferencia de las Partes, en base a las recomendaciones del Comité Asesor científico y a la necesidad de que el Instituto integre los planes y programas de todos los Centros.

3. Los Centros de Investigación del Instituto deberán, entre otros:

a) Llevar a cabo y apoyar investigaciones interdisciplinarias, tanto internas como externas, sobre el cambio global;

b) Recolectar datos y promover el intercambio completo, abierto y eficiente de datos e información entre el Instituto y las Partes;

c) Fortalecer las capacidades y la infraestructura de las instituciones ya existentes;

d) Crear capacidad regional y proporcionar capacitación superior en áreas vinculadas al cambio global;

e) Participar de derecho, por intermedio de sus respectivos Directores, en las reuniones de la Conferencia de las Partes, del Consejo Ejecutivo y del Comité Asesor Científico;

f) Desempeñar cualquier otra función contemplada en el presente Acuerdo en relación a los Centros de Investigación del Instituto, o que la Conferencia de las Partes les encomiende.

4. En la decisión acerca de la creación o designación de un Centro de Investigación del Instituto, la Conferencia de las Partes deberá tener en cuenta:

a) La necesidad de lograr una amplia cobertura de todas las subregiones de la región interamericana definidas biogeográficamente;

b) La necesidad de consolidar una red regional de componentes de investigación orientada a las diferentes áreas de la Agenda Científica del Instituto;

c) La facilidad de acceso al lugar para los científicos y técnicos visitantes;

d) La disponibilidad de apoyo logístico, incluyendo, entre otros, correo, telecomunicaciones y alojamiento;

e) El interés comprobable de científicos y gobiernos en llevar a cabo investigación sobre cambio global y en cooperar con otras instituciones;

f) La existencia de una institución o núcleo científico en el lugar, dedicada activamente, en forma total o significativa, a la investigación del cambio global;

g) La posibilidad de un interés y apoyo estables a largo plazo respecto a los objetivos de investigación del Instituto;

h) La capacidad de aportar recursos a la totalidad del Instituto a través de, entre otros, áreas de especialidad, conocimientos y ubicación;

i) Las condiciones ofrecidas por las Partes proponentes respecto de la transferencia abierta y eficiente de fondos relacionados con el Instituto, y la facilidad de la entrada y salida del país del personal y los equipos cuya vinculación con la actividad del Instituto esté debidamente acreditada;

j) La posibilidad de acceso a bases de datos consolidadas y la cercanía a infraestructuras de investigación más especializadas en temas asociados con el cambio global y la capacitación para la investigación.

Colombia Art. 9o Se aprueba el Acuerdo para la Creación del Instituto Interamericano para la investigación del Cambio Global, IAI, suscrito en Montevideo el 13 de mayo de 1992
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o ...7o 8o 9o 10 11 ...15

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buenas tardes, en una suspension de contrato se debe pagar el dominical?


Este artículo 718 del Cód de Comercio indica que el cheque debe cobrarse dentro de los 15 días después de su fecha, no obstante esto no implica que la prescripción del cheque sea de 1 días. Al respecto, debemos guiarnos por lo que indica el art 721, en el que se dice que el banco debe pagar el cheque incluso luego de 6 meses, por tanto para determinar el fenómeno de la prescripción de un cheque, tomamos como base este plazo.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

Email: [email protected]

Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia

WhatsApp: 573166406899

facebook.com/abogadoscolombiaun

Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Es preciso indicar que el titular de la acción penal en este delito es la persona juridica prestadora del servicio publico, y no el tercero (ejem propiedades horizontales, copropietarios ) afectado este ultimo podría alegar una Estafa.


Mediante la Sentencia C-028 del 2024, la Corte Constitucional eliminó de este artículo la expresión:

“Las autoridades de emigración exigirán copia de la providencia con la constancia de ejecutoria”,

esto ya que dicha orden, significaba un riesgo para la intimidad que desean tener las familias con hijos adoptados, pues al tener que cumplir ese requisito, se corría el riesgo de que los niños llegaran a enterarse que sus padres no son biológicos, sino adoptivos, lo cual es una realidad que los padres tienen todo el derecho a decidir cuándo se la informan a sus hijos.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

Email: [email protected]

Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia

WhatsApp: 573166406899

facebook.com/abogadoscolombiaun

Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


este articulo se refiere a los honorarios de los abogados ?

en donde busco quien paga los honorarios de los abogados en caso de ganar?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse