Se crean mecanismos para el fomento y desarrollo de la apicultura en Colombia Artículo 10 Colombia
Se crean mecanismos para el fomento y desarrollo de la apicultura en Colombia
Artículo 10.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en concordancia con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y el Ministerio de Salud, desarrollará acciones coordinadas para:
1. Promover el acceso a instrumentos de fomento gubernamentales a empresas nacionales que realicen programas de conservación tanto de abejas como de flora apícola.
2. Fortalecer la red de laboratorios de referencia, reconocida por la autoridad competente, que realice análisis de laboratorio para residuos de PQUA y antibióticos en los productos de las abejas y en material biológico, así como la identificación de plagas y enfermedades que afectan a las abejas.
3. Impulsar la denominación de origen de los productos de la apicultura.
4. Fomentar la investigación e innovación en apiterapia y la comercialización de productos apícolas como nutracéuticos.
5. Promover la exportación de productos y subproductos apícolas. Reglamentar los requisitos de calidad de estos productos que se deben cumplir para la exportación y para las importaciones.
Colombia Art. 10 Se crean mecanismos para el fomento y desarrollo de la apicultura en Colombia Ley 2193 de 2022
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La Sentencia T-023 de 2026 indica que una entidad administradora de pensiones no puede exigir a un hijo o hija menor de 18 años que demuestre dependencia económica cuando la ley no establece ese requisito para esa categoría de beneficiario. Exigirlo vulnera el debido proceso administrativo, la seguridad social y el interés superior del menor.
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
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Código deontológico y ético del entrenador deportivo en Colombia Artículo 64. Término para Fallar Se dictan disposiciones sobre amnistía, indulto y tratamientos penales especiales Artículo 18. Dejación de armas Se crean mecanismos para el fomento y desarrollo de la apicultura en Colombia Artículo 19. Normas para garantizar la atención integral a personas que consumen sustancias psicoactivas Artículo 9o. Programas de formación técnica y tecnológica Se dictan normas tendientes a la racionalización del gasto público Artículo 4o.Recomendados
El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional Artículo 72. Protección de información que afecte a la seguridad nacional Se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones Artículo 114. Presentaciones personales Se establecen los objetivos y la estructura de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado Artículo 18. Dirección de políticas y estrategias para la defensa jurídica Por el cual se dictan normas para el saneamiento de predios ocupados por asentamientos humanos ilegales Artículo 6. Declaratoria de espacio público Se expide el Estatuto Disciplinario Policial Artículo 81. Otras atribucionesPublique la información de sí mismo
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