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Se expide el Reglamento del Congreso, el Senado y la Cámara de Representantes Artículo 387 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/04/2025

Se expide el Reglamento del Congreso, el Senado y la Cámara de Representantes
Artículo 387. Nomenclatura de los cargos y grado

La nomenclatura de los cargos de la planta de personal del Senado y de la Cámara son los siguientes: Nombre del cargo GradoMensajero; Portero ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... 01Conductor ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... .. 02Mecanógrafa, Operador de Equipo ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... 03Auxiliar de: Leyes, Archivo, Correspondencia, Recinto, Biblioteca, Administrativo, Enfermería; Operador de Sistemas; Recepcionista; Relator; Transcriptor

04 Secretaria Ejecutiva; Asistente de: Contabilidad, Control de Cuentas, Gaceta del Congreso, Fondo de Publicaciones, Archivo Administrativo, Asistente de Atención Ciudadana; Archivo Legislativo, Coordinador de: Correspondencia, Publicaciones, Duplicaciones, Sustanciador de Leyes ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ...





05Almacenista; Asistente de: Sistemas, Administrativo, Presupuesto, Protocolo, Biblioteca, Profesional; Coordinador de Comisión, Médico Medio Tiempo, Periodista Universitario, Profesional Universionario, Revisor de Documentos, Periodista ... ... ... ... ... ... .


06Asesor I, Asistente Administrativo de Comisión, Subsecretario de Comisión, Asistente de Recinto, Jefe de Unidad, Revisor Contable
07 Asesor II, Secretario Coordinador, Asesor de Atención Ciudadana ... ... ... ... .

08 Jefe de Oficina, Jefe de Sección, Secretario Privado, Subcoordinador, Subcoordinador de UAC ... ...


09Jefe de División ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... 10Subsecretario Auxiliar ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... .11 Secretario Comisión, Subsecretario General, Coordinador de la UATL, Coordinador de la UAC


12Director Administrativo ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... 13Secretario, Director General ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ..14



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Este delito ocurre únicamente de manera dolosa, es decir que no se condena a quien ingresa a un sistema por culpa o sin intención. Existen diversas modalidades de ejecución de este delito, como el uso de ingeniería social, software malicioso, phishing, vishing, smishing, explotación de vulnerabilidades, SIM swap etc. El Convenio de Budapest establece estándares para la protección de la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los sistemas informáticos en el mundo y ha servido como marco para delimitar los elementos del tipo penal en Colombia.


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Aunque la persona procesada debería explicar el origen de su incremento patrimonial como parte de su defensa, la carga de la prueba recae en el Estado. La Fiscalía debe demostrar que el aumento patrimonial tiene como fuente actividades delictivas, respetando el principio de presunción de inocencia.


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El "provecho" en este delito puede ser de cualquier naturaleza, sin restringirse únicamente al ámbito económico. Esto significa que el beneficio obtenido puede ser personal, social, profesional o relacionado con cualquier ventaja frente a terceros. Por ejemplo, el uso de datos personales para obtener acceso a concursos, servicios, influir o tener ventaja en decisiones, manipular información etc. puede constituir un provecho bajo este tipo penal, entre otros.


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El hurto por medios informáticos es un delito que no solo protege el patrimonio económico, sino también la seguridad de los sistemas informáticos y la confianza en estos. Este carácter dual, implica que el delito afecta bienes jurídicos tanto individuales como colectivos y en esa medida, a la persona procesada puede requerírsele que la reparación vaya más allá de devolver dineros robados, pues el daño a la confianza hacia las empresas o entidades puede implicar tener que indemnizar o tratar de reparar por otros medios ese daño a la confianza de los usuarios de los sistemas de la empresa o entidad.


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cuando se suspende a un trabajador por no presentarse a laborar sin justificación valedera, los días de suspensión se cuentan a partir del día siguiente de no presentarse a laborar.?


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