Se honra la memoria del poeta y escritor Eduardo Carranza Artículo 2o Colombia
Se honra la memoria del poeta y escritor Eduardo Carranza
Artículo 2o.
La Nación hace reconocimiento póstumo a su obra literaria, que realiza celebración de la vida, del amor, de la ilusión y del encanto de la existencia, y honra su lucha constante en favor de la cultura colombiana.
Colombia Art. 2o Se honra la memoria del poeta y escritor Eduardo Carranza y dispone la conmemoración del centenario de su natalicio Ley 1597 de 2012
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La Sentencia T-023 de 2026 indica que una entidad administradora de pensiones no puede exigir a un hijo o hija menor de 18 años que demuestre dependencia económica cuando la ley no establece ese requisito para esa categoría de beneficiario. Exigirlo vulnera el debido proceso administrativo, la seguridad social y el interés superior del menor.
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
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Sistema Nacional de Información de Becas y Créditos Educativos Artículo 7o. Se establecen medidas enfocadas a la protección del comprador de vivienda Se desarrollan los artículos 7o, 8o, 10 y 70 de la Constitución Política Convenio de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República de Colombia y el gobierno de la República Dominicana Artículo XII. Vigencia y duración Se establece la conmemoración del día nacional del bizcocho de achira Artículo 2. Celebración y actividades conmemorativasRecomendados
Se regula la creación, conformación y funcionamiento de las comisarías de familia, se establece el órgano rector Artículo 4. PRINCIPIOS RECTORES Código de Procedimiento Penal Artículo 373. Libertad Se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática Artículo 109. Atributos del derecho a la participación Se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019 Artículo 146. Valores máximos de recobros Normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa Artículo 58. VigenciaPublique la información de sí mismo
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