Se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías Artículo 61 Colombia
Se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías
Artículo 61. Requisitos para operaciones de adelanto de caja
Para poder efectuar las operaciones de adelanto de caja a que se refiere el parágrafo tercero transitorio del artículo 361 constitucional, se deberán cumplir las siguientes condiciones:
1. La Secretaría Técnica del Órgano Colegiado de Administración y Decisión Paz debe certificar:
a) Que no exista la caja suficiente en la Asignación para la Paz en la vigencia para realizar los pagos a beneficiario final por la ejecución de proyectos de inversión aprobados por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión Paz para la implementación de los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET).
b) Que el monto del adelanto de la caja corresponda a los recursos faltantes para realizar los pagos a beneficiario final por la ejecución de los proyectos en la vigencia, esto con el objetivo de optimizar los costos financieros y velar por el uso y ejecución adecuada de los recursos.
2. Corresponde al Órgano Colegiado de Administración y Decisión Paz:
a) Aprobar las vigencias futuras que garanticen el pago del adelanto contra presupuestos de vigencias posteriores de la Asignación para la Paz, en los términos establecidos en el parágrafo transitorio del artículo 60 de la presente ley.
b) El Ocad Paz debe descontar al cupo presupuestal asignado en el artículo 152 de la presente ley, las vigencias futuras que se aprueben para financiar proyectos destinados a la implementación de los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) o, en su momento, la Hoja de Ruta que los incorpore, en el marco del parágrafo transitorio del artículo 60 de la presente ley.
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Así como las redes de energía eléctrica, gas, agua etc, los costos relacionados con la parte de las redes de comunicación que quedan dentro de cada apartamento debe ser asumido por el propietario o arrendatario de la unidad privada, ya que este elemento es considerado un bien privado y no un bien común del conjunto residencial. Consecuentemente, los costos relacionados con las redes del conjunto, son bienes comunes y por lo tanto, su instalación y mantenimiento deben ser sufragados por todos los propietarios como parte de las expensas comunes necesarias.
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Buen día fui victima de un robo de mis documentos los cuales estaba mi tarjeta de crédito, con ella realizaron una compra, puse la queja vía telefónica y ante la entidad y la respuesta de ellos es que yo no cuide mis pertenencias y me niegan el reembolso de esa compra, que debo hacer?
Buen día tengo una inquietud frente a este art 303-1, si a una persona una asegurada le paga 2 polizas bajo un mismo siniestro puedo calcular el monto exento a cada pago de manera individual?
Buenos dias
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Que puedo hacer? Mi vecino me puede quitar el derecho a construir?
Ahora interpusieron queja ante la consecionaria vial por el tema de la fajas de alejamiento obligatorio, pero si io tengo mi vivienda construida desde antes que se crea la ley 1228 de 2008.
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