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Código Penitenciario y Carcelario Artículo 91 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/03/2026

Código Penitenciario y Carcelario
Artículo 91. Desarrollo de la sociedad de economía mixta "renacimiento"

La Sociedad de Economía Mixta "Renacimiento", podrá extender su radio de acción a la constitución de empresas mixtas y a estimular la creación y funcionamiento de cooperativas, en cuyas Juntas Directivas se dará asiento a un representante principal con su respectivo suplente de los internos escogidos entre quienes se distingan por su espíritu de trabajo y colaboración y observen buena conducta, siempre que no registren imputación o condena por delito grave.

La Sociedad de Economía Mixta "Renacimiento", podrá establecer un centro de crédito para financiar microempresas de exreclusos que hayan descontado la totalidad de la pena, cuando así lo ameriten por su capacidad de trabajo demostrada durante el tiempo de reclusión y con la presentación de los estudios que le permitan su financiación.

El INPEC podrá invertir dentro de sus planes de rehabilitación, en la sociedad a que se refiere el presente artículo.



Colombia Art. 91 Código Penitenciario y Carcelario Ley 65 de 1993
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si salgo a las 3am del jueves habiendo entrado a trabajar el miércoles a las 8am, al día siguiente ósea el viernes a que hora debería entrar a mi turno de trabajo?


No. la figura del feminicidio como delito autónomo solo aplica en casos en los que las víctimas son mujeres (cisgénero o trans). Sí fuese el mismo caso, solo que con una mujer como víctima, lo más probable es que sí se tipificara como feminicidio.

Recuerda que, aunque Jhon sea homosexual, no deja de ser hombre ni identificarse como tal.


aver resolvamos el caso bien, Jhon es homosexual, su novio trabaja en una peliqueria misxta y tal, su novio Leon le llega chismes de que esta coqueteando con l@s clientes, leon un dia se puso a tomar y de ahi le dio un ataque de celos y rabia y fue a la peluqieria a matar a Jhon, que delitos aplican ahi?? feminicidio?


gracias, gracias, gracias...


Aunque la adjudicación de los bienes inmuebles en el extranjero deba hacerse ante autoridades del país donde estos se encuentren, es obligatorio inventariarlos y declararlos dentro del proceso de liquidación en Colombia. Dado que los bienes en el extranjero deben ser declarados en el inventario, su valor sumará al patrimonio líquido y, en consecuencia, incrementará la base para el cálculo de los derechos notariales. Pero como dichos bienes ubicados en el extranjero no se registran en las oficinas colombianas, su valor no impacta directamente el cálculo de los derechos de registro en Colombia (que son realmente los más altos en el proceso notarial). Sin embargo, sí se pagarán los impuestos y derechos de registro correspondientes en el país de ubicación del bien, conforme a su propia legislación.


Email: [email protected]

WhatsApp: 573166406899

Abogadas y abogados egresados de la Universidad Nacional de Colombia -16 años de experiencia-


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