Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático Artículo 17 Colombia
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
Artículo 17. Protocolos
1. La Conferencia de las Partes podrá, en cualquier período ordinario de sesiones, aprobar protocolos de la Convención.
2. La secretaría comunicará a las Partes el texto de todo proyecto de protocolo por lo menos seis meses antes de la celebración de ese período de sesiones.
3. Las condiciones para la entrada en vigor del protocolo serán establecidas por ese instrumento.
4. Sólo las Partes en la Convención podrán ser Partes en un protocolo.
5. Sólo las Partes en un protocolo podrán adoptar decisiones de conformidad con ese protocolo.
Colombia Art. 17 Se aprueba la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, hecha en Nueva York el 9 de mayo de 1992 Ley 164 de 1994
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·S E NS O R· Estudio Jurídico de Colombia
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Johanna Pinto
Norman Agudelo
JORGE IVAN POSADA
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
Hola, según la información sui un empleado labora 2 domingos y 1 festivo no tiene derecho a los 3 días compensatorios?
0 2 DOMINGOS Y 2 FESTIVOS QUE ESTAN DENTRO DEL MISMO MES
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Se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana Artículo 14. Registro de iniciativas legislativas y normativas y de solicitudes de referendo Se establece el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas Artículo 38. Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Costa de Marfil Artículo XVII. Se expide el Reglamento del Congreso, el Senado y la Cámara de Representantes Artículo 61 T. COMPOSICIÓN Se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana Artículo 11. El formulario para la inscripción de iniciativas legislativas y normativas o de solicitudes de referendoRecomendados
Se reglamenta el Acto Legislativo 02 de 2009 Artículo 19. Vigencia Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático Artículo 9o. Órgano subsidiario de asesoramiento científico y tecnológico Se protege el patrimonio espeleológico colombiano Artículo 5. Vigencias y derogatorias El procedimiento sancionatorio ambiental Artículo 38. Decomiso y aprehensión preventivos Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático Artículo 15. Enmiendas a la convenciónPublique la información de sí mismo
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