Convención sobre las Misiones Especiales, abierta a la firma en Nueva York Artículo 21 Colombia
Convención sobre las Misiones Especiales, abierta a la firma en Nueva York
Artículo 21. Estatuto del jefe de estado y de las personalidades de rango elevado
1. El jefe del Estado que envía, cuando encabece una misión especial, gozará en el Estado receptor o en un tercer Estado de las facilidades y de los privilegios e inmunidades reconocidos por el derecho internacional a los jefes de Estado en visita oficial.
2. El jefe de gobierno, el Ministro de Relaciones Exteriores y demás personalidades de rango elevado, cuando participen en una misión especial del Estado que envía, gozarán en el Estado receptor o en un tercer Estado, además de lo que otorga la presente Convención, de las facilidades y de los privilegios e inmunidades reconocidos por el derecho internacional.
Colombia Art. 21 Se aprueba la Convención sobre las Misiones Especiales, abierta a la firma en Nueva York, el dieciséis (16) de diciembre de mil novecientos sesenta y nueve (1969) Ley 824 de 2003
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La Sentencia T-023 de 2026 indica que una entidad administradora de pensiones no puede exigir a un hijo o hija menor de 18 años que demuestre dependencia económica cuando la ley no establece ese requisito para esa categoría de beneficiario. Exigirlo vulnera el debido proceso administrativo, la seguridad social y el interés superior del menor.
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
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Se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación del año 2002 Artículo 5o. Se establecen alternativas de financiamiento para la Rama Judicial Artículo 8o. Consignación, intereses y pago Convenio Sobre la Responsabilidad Internacional por Daños Causados por Objetos Espaciales Artículo XXII. El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 Todos por un nuevo país Artículo 152. Custodia de oro por el banco de la repúblicaRecomendados
Tratado de la OMPI -Organización Mundial de la Propiedad Intelectual- sobre Derechos de Autor Artículo 11. Obligaciones relativas a las medidas tecnologicas Convención sobre las Misiones Especiales, abierta a la firma en Nueva York Artículo 19. Derecho de la misión especial a usar la bandera y el escudo del estado que envía Se establece el marco normativo de las escuelas normales superiores como instituciones de educación preescolar Artículo 15. Priorización en la celebración y ejecución de contratos estatales y convenio... Se expide el régimen de responsabilidad administrativa por pérdida o daño de bienes de propiedad Artículo 3o. Presunción de inocencia Se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones Artículo 276. Venta de activos del instituto de seguros socialesPublique la información de sí mismo
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