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Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero Artículo 116 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero
Artículo 116. Derechos de los socios

Los socios de las SAT tendrán derecho a:

1. Tomar parte en la asamblea general y participar con voz y voto en la adopción de sus acuerdos.

2. Elegir y ser elegidos para desempeñar los cargos de los órganos de gobierno de la sociedad.

3. Exigir información sobre la marcha de la sociedad a través de los órganos de su administración y en la forma en que reglamentariamente se determine.

4. Recibir las ganancias o beneficios comunes, proporcionales a su participación.

5. Impugnar los acuerdos sociales que sean contrarios a las leyes o estatutos de la sociedad o que sean lesivos para los intereses de esta en beneficio de algún socio.

6. Decidir sobre el retiro y exclusión de socios.

7. Resolver sobre todo lo relativo a la cesión de cuotas así como la admisión de nuevos socios.

8. Fiscalizar la gestión de las SAT.

9. Todos los demás derechos reconocidos en esta ley y en los Estatutos Sociales.



Colombia Art. 116 Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero
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Recordemos que si una persona que le debe pagar alimentos a otra fallece y en vida se le había embargado su pensión para cancelar dicha obligación alimentaria, esta obligación pasará junto con la pensión a quien la reciba tras el fallecimiento, como pensión de sobreviviente. Es decir, que si con la pensión de una persona muerta se garantizaba una cuota de alimentos, se deberá seguir descontando dichos alimentos de esa pensión, aún después del fallecimiento, si dicha pensión pasa a gozarla algún familiar.


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ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


buen dia si trabaje el periodo del 1 de enero al 30 de junio consecutivos la prima me llega medio sueldo o la mitad de la mitad del sueldo????


Recordemos que el proceso de insolvencia y en este sentido los artículos correspondientes del Código General del Proceso, fueron modificados por la LEY 2445 DE 2025.


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¿El riesgo de caducidad sigue corriedo sobre un comparendo impuesto en vía por un agente de tránsito de Colombia, por mal parqueo o fuga, y el conductor no se logra identificar? y ¿Cómo se procederá en este caso?


Asistir a una entrevista de trabajo no se encuentra dentro de la lista de licencias obligatorias que el empleador deba conceder. Esto significa que el permiso para este fin se considera un permiso voluntario, cuya concesión depende de la discrecionalidad del empleador y por tanto es un tiempo que si el empleador así lo decide, deberá reponerse por parte del empleado. No obstante si el reglamento interno dice algo distinto, habrá que acogerse a lo que diga este.


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