Normas tendientes a financiar el pasivo pensional de las entidades territoriales Artículo 15 Colombia
Normas tendientes a financiar el pasivo pensional de las entidades territoriales
Artículo 15. Restriccion al apoyo financiero de la nacion
Prohíbese a la Nación otorgar apoyos financieros directos o indirectos a las entidades territoriales y a las demás entidades públicas del nivel territorial que no cumplan las disposiciones de la presente ley, en consecuencia a ellas no se les podrá conceder créditos con recursos de la Nación, cofinanciar proyectos, autorizar o garantizar operaciones de crédito público o transferir cualquier clase de recursos, distintos a los señalados en la Constitución Política. Colombia Art. 15 Se dictan normas tendientes a financiar el pasivo pensional de las entidades territoriales, se crea el Fondo Nacional de Pensiones de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones en materia prestacional Ley 549 de 1999
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La Sentencia T-023 de 2026 indica que una entidad administradora de pensiones no puede exigir a un hijo o hija menor de 18 años que demuestre dependencia económica cuando la ley no establece ese requisito para esa categoría de beneficiario. Exigirlo vulnera el debido proceso administrativo, la seguridad social y el interés superior del menor.
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
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Convención Interamericana sobre asistencia mutua en materia penal Artículo 16. El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 Todos por un nuevo país Artículo 246. Subcuentas del fondo nacional ambiental (fonam) Se autorizan operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación Artículo 26. Acuerdo entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República de Colombia sobre Ferias y Eventos de Frontera Artículo 28. Se promueve el uso de tapabocas inclusivos y/o demás elementos transparentes Artículo 6. VigenciaRecomendados
La Nación se asocia a la celebración de los 353 años de fundación del municipio de Río de Oro Normas tendientes a financiar el pasivo pensional de las entidades territoriales Artículo 13. Marco presupuestal de la negociacion colectiva Tratado General de Cooperación entre la República de Colombia y la República Italiana Artículo 15. Objetivos Normas tendientes a financiar el pasivo pensional de las entidades territoriales Artículo 12C. Normas tendientes a financiar el pasivo pensional de las entidades territoriales Artículo 17. Bonos pensionalesPublique la información de sí mismo
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