Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna silvestres especialmente protegidas Artículo 25 Colombia
Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna silvestres especialmente protegidas
Artículo 25. Vínculos con otros convenios relacionados con la protección especial de la flora y fauna silvestres
Nada de lo que contiene este Protocolo podrá ser interpretado en alguna forma que pueda afectar los derechos y obligaciones de las Partes conforme al Convenio sobre el Comercio Internacional en Especies de Flora y Fauna en Peligro (CITES) y el Convenio sobre la Conservación de Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS).
Colombia Art. 25 Se aprueban el Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna silvestres especialmente protegidas del Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran Caribe Ley 356 de 1997
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La Sentencia T-023 de 2026 indica que una entidad administradora de pensiones no puede exigir a un hijo o hija menor de 18 años que demuestre dependencia económica cuando la ley no establece ese requisito para esa categoría de beneficiario. Exigirlo vulnera el debido proceso administrativo, la seguridad social y el interés superior del menor.
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
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Se reglamenta el servicio de reclutamiento, control de reservas y la movilización Artículo 80. De los términos para resolver Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna silvestres especialmente protegidas Artículo 18. Asistencia mutua Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna silvestres especialmente protegidas Artículo 12. Introducción de especies exóticas o alteradas genéticamente Se establecen medidas enfocadas a la protección del comprador de vivienda Artículo 14. Régimen de incompatibilidades Estatuto Orgánico del Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado Artículo 19.Recomendados
Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana Artículo 175. Participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna silvestres especialmente protegidas Artículo 23. Reuniones de las partes Ley General de Bomberos Artículo 47. Plazo Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna silvestres especialmente protegidas Artículo 27. Entrada en vigor Normas para la Protección de Personas con Discapacidad Mental Artículo 11. Salud, educación y rehabilitaciónPublique la información de sí mismo
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