Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna silvestres especialmente protegidas Artículo 18 Colombia
Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna silvestres especialmente protegidas
Artículo 18. Asistencia mutua
1. Las Partes cooperarán, directamente o con la asistencia de la Organización o de otras organizaciones internacionales pertinentes, en la formulación, la redacción, el financiamiento y la ejecución de los programas de asistencia a aquellas Partes que así lo soliciten, para la selección, establecimiento y manejo de las áreas y especies protegidas.
2. Estos programas deberían incluir la educación ambiental de la población, la capacitación de personal científico, técnico y administrativo, la investigación científica y la adquisición, utilización, diseño y desarrollo de equipos apropiados bajo condiciones ventajosas a ser acordadas entre las Partes interesadas.
Colombia Art. 18 Se aprueban el Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna silvestres especialmente protegidas del Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran Caribe Ley 356 de 1997
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La Sentencia T-023 de 2026 indica que una entidad administradora de pensiones no puede exigir a un hijo o hija menor de 18 años que demuestre dependencia económica cuando la ley no establece ese requisito para esa categoría de beneficiario. Exigirlo vulnera el debido proceso administrativo, la seguridad social y el interés superior del menor.
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
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Se honra la memoria de un ilustre colombiano Alfonso Yépez Porto Artículo 1o. Se adoptan unas reglas de procedimiento para la Jurisdicción Especial para la Paz Artículo 74. Facultades extraordinarias Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo Artículo 1. Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna silvestres especialmente protegidas Artículo 12. Introducción de especies exóticas o alteradas genéticamente El reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares Artículo 36. Criterios para otorgar premiosRecomendados
Se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado Artículo 26. Factura electrónica Protocolo relativo a las áreas y flora y fauna silvestres especialmente protegidas Artículo 16. Divulgación, información, concientización y educación de la población La Nación se asocia a la celebración de los 150 años de la fundación del municipio de Aranzazu Artículo 3o. Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal Artículo 29. Aplicación territorial de la convención Código Civil Artículo 1765.Publique la información de sí mismo
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