Se autoriza al Ministro de Hacienda y Crédito Público Artículo 4o Colombia
Se autoriza al Ministro de Hacienda y Crédito Público
Artículo 4o.
Manejo del Fondo Común de Naturaleza Pública. El Fondo Común de Naturaleza Pública de que trata el artículo 4o de la Ley 314 de 1996 sólo concurrirá en la financiación de las pensiones, con base en las cotizaciones recibidas, a partir del momento en que el pensionado cumpla las condiciones generales señaladas por la Ley 100 de 1993. Para el cálculo de las reservas pensionales que las Entidades del Sector de las Comunicaciones deberán trasladar a dicho fondo deberá considerarse la obligación de financiar el 100% de las pensiones, descontando el monto de lo que alcance a ser asumido con las cotizaciones recibidas.Mientras las Empresas del sector de las Comunicaciones trasladan el valor total de las reservas pensionales al Fondo Común de Naturaleza Pública deberán girar a Caprecom el valor total de la nómina de sus pensionados previo al pago de la misma. Caprecom adelantará mensualmente el cobro de las cuotas partes pensionales externas al sector de las comunicaciones asumidas por las empresas y, una vez recaudadas, las abonará a buena cuenta de la nómina de pensionados inmediatamente siguiente.
PARAGRAFO 1o. Anualmente se realizarán los cálculos actuariales correspondientes a los pensionados de cada Empresa y, si las reservas en poder del Fondo Común de Naturaleza Pública resultan insuficientes, las entidades empleadoras deberán cubrir el monto de los faltantes establecidos. El primer cálculo deberá realizarse dentro de los seis meses siguientes a la expedición de la presente ley, y su realización y costo correrán por cuenta de las entidades empleadoras. Los cálculos actuariales siguientes serán responsabilidad de Caprecom y se financiarán con los recursos percibidos como remuneración por la administración de pensiones.
PARAGRAFO 2o. Los acuerdos de que trata el parágrafo 1o del artículo 4o de la Ley 314 de 1996, entre la Junta Directiva de Caprecom y las entidades del sector de las comunicaciones, para el traslado gradual de las reservas pensionales al Fondo Común de Naturaleza Pública, deberán realizarse dentro de los tres meses siguientes a la realización de los correspondientes cálculos actuariales, previo concepto técnico sobre los mismos impartido por la Superintendencia Bancaria.
Colombia Art. 4o Se autoriza al Ministro de Hacienda y Crédito Público para reconocer como deuda pública de la Nación las obligaciones pendientes de pago de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom
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hola buen dia, me gustaria saber si puedo exigir el pago de una deuda con el proceso monitorio
en mi apartamento vivió un amigo durante un tiempo, conoció una persona por una app de citas la cual lo drogó y robó mis cosas materiales. mi amigó aceptó el error que cometió y aceptó pagar el dinero de cada cosa hurtada (tengo pruebas de todo eso)
ha transcurrido 4 meses y siempre ha reconocido la deuda pero no ha querido pagarla hasta que llegamos a una conciliación extrajudicial en donde ya no acepta la responsabilidad porque fue un hurto y el no se aprovechó de eso y en su momento puso la denuncia en la fiscalia por el crimen
pero tengo evidencias y un testigo donde el acepta pagar mis cosas hurtadas por su error en dinero y por ende se convirtió en una deuda. me gustaria saber si puedo aplicar al proceso monitorio y podria salir a mi favor o que proceso podria hacer ante este caso
Buen dia. Uno de mis hermanos no ha querido pagar su parte del impuesto predial de la propiedad que poseemos en conjunto desde el año 2012 y el resto de hermanos hemos puesto este dinero con el proposito de no pagar intereses de mora. Por lo tanto mi hermano nos debe este dinero, que interes debemos cobrarle desde el año 2012?
En el caso de la junta directiva de un sindicato, el número de curules o cargos a proveer corresponde a los miembros principales de la junta directiva, no a los suplentes. Esto se debe a que los suplentes no son considerados como curules a proveer, sino como reemplazos en caso de ausencia de los principales. Por lo tanto, el cálculo del cociente electoral debe hacerse únicamente con base en el número de miembros principales de la junta directiva. En este caso, 5.
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Fui despedido sin justa causa, se envió correo con terminación de contrato el día 24 de Febrero, hasta el día 26 se hizo el paz y Salvo de las herramientas de trabajo.
Aún se aplica por ley los 15 días que tiene una empresa para pagar la liquidación o no tienen por ley un periodo definido?
De ser así desde que día comenzaría a contar dicho periodo, desde el 26 o 24 de febrero y podría exigir días de pago por mora?
Buenas tardes , q pasa si mi preaviso de terminación de contrato dice la fecha exacta y me sacan un día antes
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