Se precisan los elementos estructurales de las contribuciones a la seguridad social, se crean las contribuciones especiales a cargo de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado, con destino al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, y a las Cajas de Compensación Familiar, se fortalece el control concurrente y se dictan otras disposiciones (Se precisan los elementos estructurales de las contribuciones a la seguridad social) Colombia
Se precisan los elementos estructurales de las contribuciones a la seguridad social
- Artículo 1o. Contribuciones especiales
- Artículo 2o. Elementos esenciales de las contribuciones especiales
- Artículo 3o. Derechos mínimos irrenunciables
- Artículo 4o. Control
- Artículo 5o. Responsabilidad
- Artículo 6o. Afiliación al sistema de seguridad social
- Artículo 7o. Prohibiciones
- Artículo 8o. El régimen de trabajo asociado cooperativo se regulará de...
- Artículo 9o. Los trabajadores que prestan sus servicios en las cooperativas o...
- Artículo 10. Excepciones al pago de las contribuciones especiales
- Artículo 11. Las personas naturales que aspiren a tener la condición de trabajador...
- Artículo 12. Objeto social de las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado
- Artículo 13. Condiciones para contratar con terceros
- Artículo 14. Vigencia y derogatorias
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Buenas tardes, la CAM del Huila con el ejercito nacional me retuvieromn en mi finca porque estaba talando unos arboles que no era bosque primario ni eran muy grandes, me enviaron iniclamnete al calabozo de la policia en Gualpupe Huila al otro dia me llevaron a la fiscalia que queda en Suaza Huila, la misma fiscalia se manifesto diciendo que archivaba por conducta atipica; la CAM me sancionno con una multa de 3 millones 500 mil pesos, mi preguta es como la fiscalia con estontro meritos para para procesarme por el delito de daño en los recursos naturales, al preservar la presuncion de inocencia referente al delito anterior mencionado, puedo solicitar a la CAM que desista de la sancion pegunaria, muchas gracias !
La Corte Constitucional declaró ajustado a la Constitución el inciso 2º, del artículo 50, de esta Ley 1676 de 2013, entendiendo que la potestad conferida al acreedor garantizado, solo procede siempre que los demás bienes del deudor sean suficientes para asegurar el pago de las obligaciones alimentarias de los niños y las salariales y prestacionales a su cargo.
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Cuando se valora la idoneidad y trayectoria del perito:
...Adviértese que todos los reproches del demandado-apelante relacionados con la idoneidad, calidades e imparcialidad del perito no encuentran acogida y son inoportunas, toda vez que el momento procesal y los mecanismos para poner en tela de juicio esas condiciones del auxiliar de la justicia están previstas en el art. 228 del Cgp, sin que así lo hiciera, inclusive, si bien el abogado del demandado ingresó tardíamente a la audiencia cuando se estaba interrogando al perito...
Sentencia; TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá, D. C., dicecisiete de septiembre de dos mil veinticinco Magistrado Ponente: Germán Valenzuela Valbuena Radicado: 11001 31 03 004 2021 00219 01
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La Ley 2502 de 2025 crea un nuevo agravante para este delito de falsedad personal: La suplantación de identidad mediante Inteligencia Artificial. Así, la manipulación digital de imágenes, voz o video para hacerse pasar por otra persona se castiga con un incremento de la sanción de hasta una tercera parte, sin perjuicio de otros delitos que puedan concurrir, como fraude informático, estafa etc.
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No, no es causal de despido, por el contrarío es obligación de la empresa otorgar la dotación necesaria para desarrollar las funciones del trabajo en condiciones optimas.
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Código Nacional de Policía Artículo 90. Reglamentación de los estacionamientos o parqueaderos abiertos al público Se adoptan normas sobre Construcciones Sismo Resistentes Artículo 32. Independencia Codigo de Procedimiento Civil Artículo 97. Limitaciones de las excepciones previas y oportunidad para proponerlas Código Sanitario Nacional Artículo 68. Se adoptan normas sobre Construcciones Sismo Resistentes Artículo 38. Personal auxiliar profesional y no profesionalPublique la información de sí mismo
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