Se precisan los elementos estructurales de las contribuciones a la seguridad social, se crean las contribuciones especiales a cargo de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado, con destino al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, y a las Cajas de Compensación Familiar, se fortalece el control concurrente y se dictan otras disposiciones (Se precisan los elementos estructurales de las contribuciones a la seguridad social) Colombia
Se precisan los elementos estructurales de las contribuciones a la seguridad social
- Artículo 1o. Contribuciones especiales
- Artículo 2o. Elementos esenciales de las contribuciones especiales
- Artículo 3o. Derechos mínimos irrenunciables
- Artículo 4o. Control
- Artículo 5o. Responsabilidad
- Artículo 6o. Afiliación al sistema de seguridad social
- Artículo 7o. Prohibiciones
- Artículo 8o. El régimen de trabajo asociado cooperativo se regulará de...
- Artículo 9o. Los trabajadores que prestan sus servicios en las cooperativas o...
- Artículo 10. Excepciones al pago de las contribuciones especiales
- Artículo 11. Las personas naturales que aspiren a tener la condición de trabajador...
- Artículo 12. Objeto social de las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado
- Artículo 13. Condiciones para contratar con terceros
- Artículo 14. Vigencia y derogatorias
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·S E NS O R· Estudio Jurídico de Colombia
WORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Norman Agudelo
JORGE IVAN POSADA
Si se mantiene la nacionalidad colombiana, para conducir legalmente en Colombia durante las visitas debe contar con licencia colombiana vigente. La licencia venezolana sería posible usarla si se ingresa y permanece jurídicamente como extranjero turista o persona en tránsito, lo que no ocurre en la situación de persona ciudadana colombiana que ingresa como tal.
Soy colombiano nacionalisado en Venezuela y resido hace muchos años puedo conducir con la licencia venezolana en colombia cuando voy de paso
A partir de la Ley 2466 de 2025 ya no se cuentan solo los domingos, sino todos los días de descanso obligatorio trabajados, o sea, domingos y festivos. Entonces, si se trabajan 1 o 2 días en el mes, es trabajo ocasional y el trabajador escoge entre descanso compensatorio remunerado o pago en dinero. Si trabaja 3 o más, es habitual y tiene derecho al recargo más el compensatorio por cada día trabajado.
Entonces si se trabajan 2 domingos + 1 festivo = 3 días y 2 domingos + 2 festivos = 4 días: en ambos casos hay trabajo habitual, con recargo y compensatorios. Si un festivo coincide con un domingo, se cuenta una sola vez, sin duplicar el recargo.
El recargo es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % desde el 1 de julio de 2027. El compensatorio se regula en los artículos 181 y 183 de este mismo código y se acostumbra descansarlo normalmente en la semana siguiente, pero esto se puede pactar.
La omisión de denuncia depende de quién omite denunciar y del tipo de delito: Si es un particular el art 441 del Cód Penal establece 3 a 8 años de prisión si sin justa causa, conoce y no denuncia inmediatamente alguno de los delitos que dice ese artículo, o sea, no aplica automáticamente a cualquier delito. Si el que omite es un servidor público el 417 impone multa y pérdida del cargo por omitir denunciar una conducta punible que deba investigarse de oficio y si se trata de uno de los delitos del artículo 441, pueden ser de 32 a 72 meses de prisión.
El art 68 permite en general no denunciar contra sí mismo, cónyuge/compañero permanente, determinados familiares y por secreto profesional, aunque existen excepciones importantes cuando se trata de delitos contra niños.
Hola, según la información sui un empleado labora 2 domingos y 1 festivo no tiene derecho a los 3 días compensatorios?
0 2 DOMINGOS Y 2 FESTIVOS QUE ESTAN DENTRO DEL MISMO MES
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Normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa Artículo 18. Sistema general de información administrativa Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social 2025 Artículo 165. Apreciación del dictamen Se crea el Instituto Tecnológico de Soledad, Atlántico Artículo 7o. Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero Artículo 34. Código Procesal Del Trabajo y De La Seguridad Social 2025 Artículo 240. Trámite para la selección de las sentencias remitidas por los TribunalesRecomendados
Se dictan disposiciones en materia de Responsabilidad Deontológica para el ejercicio profesional de la terapia respiratoria Artículo 24. Circunstancia de agravación Se honra la memoria de ilustres colombianos y se asigna su nombre al Palacio de Justicia de Ciénaga Se determinan las fajas mínimas de retiro obligatorio o áreas de exclusión Se dictan disposiciones en materia de Responsabilidad Deontológica para el ejercicio profesional de la terapia respiratoria Se crea la estampilla Prodesarrollo de la Universidad de Cundinamarca, UDECPublique la información de sí mismo
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