
Nombre: ɪus Statera Abogados
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Los comentarios del abogado ɪus Statera Abogados
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Para efectos de este delito, se requiere demostrar que se cometió de manera dolosa. Es decir que la persona contribuyente actuó con la intención de defraudar o evadir sus obligaciones tributarios ocultando bienes o declarando bienes que no son. No se sanciona entonces el simple incumplimiento de deberes tributarios, como la falta de pago o la presentación tardía de las declaraciones, sino el ocultamiento deliberado o intencional de información tributariamente relevante para el Estado. Esto es lo que diferencia este delito, de todo el abanico de infracciones tributarias que pueden ser impuestas administrativamente para corregir errores de la ciudadanía.
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Para que se configure este delito el acto cometido por el servidor público debe ser simultáneamente arbitrario e injusto. No basta con la arbitrariedad o injusticia por separado. Podemos entender el acto arbitrario como aquel realizado sin sustento en un marco legal, en el que la voluntad del servidor público se sobrepone al deber de actuar conforme a derecho. Este tipo de acto refleja una extralimitación de las facultades o un desvío hacia propósitos distintos a los previstos en la ley. Por otro lado, lo injusto se refiere a la disconformidad entre los efectos producidos por el acto oficial y los que debieron haberse causado si se hubiera ejecutado conforme al orden jurídico. La injusticia ocurre con la afectación al ciudadano, ocasionada por el acto caprichoso.
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En casos donde el interés indebido (art 409) es cometido junto al delito de contratación sin cumplimiento de los requisitos legales (art 410), se puede elevar la discución con el fin de determinar si se configura un concurso real entre ambos delitos o no. La Corte Suprema de Justicia ha concluido que el incumplimiento de requisitos debe subsumirse en el interés indebido por su mayor riqueza descriptiva, cuando se demuestra que el servidor público afectó el proceso contractual con un interés personal o de terceros, desatendiendo los principios de imparcialidad, transparencia y selección objetiva. En este sentido, si el propósito principal de la conducta es favorecer intereses particulares, este delito prevalece. Por su lado, si la conducta se limita al desconocimiento de requisitos esenciales sin un interés personal indebido adicional, se tipifica simplemente el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
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cual seria la edad maxima segun el codigo
Para efectos de este delito de Enriquecimiento ilicito del artículo 327 del Cod Penal, aunque la persona procesada debería explicar el origen de su incremento patrimonial como parte de su defensa, la carga de la prueba recae en el Estado. La Fiscalía debe demostrar que el aumento patrimonial tiene como fuente actividades delictivas, respetando el principio de presunción de inocencia.
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Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Código Sustantivo del Trabajo Artículo 15. Validez de la transaccion
Buenas noches, en la alcaldía pueden colaborarle y anexe las quejas ante el cuadrante recomendable presentarlas de forma escrita ante la inspeccion de policia por ser reiterado para que tenga un soporte probatorio, el inspector hara el debido tramite a su proceso y podra interponer la sanción correspondíente.En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210
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Código Nacional de Policía Artículo 19.
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Código Civil Artículo 427. Asignaciones alimenticias voluntarias
Buenas tardes, puede presentar la reclamación ante la misma entidad de forma presencial o teléfonico que se lo resuelvan en 15 dias habiles, si esto no resuelve su problema puede poner la queja ante superintendencia de servicios publicos. En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210
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Kevin Prieto Malaver
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Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Artículo 19. Peticiones irrespetuosas, oscuras o reiterativas
Buenas noches Andrea, lo principal solicitar los vídeos de las cámaras y si se tiene registro de la persona que realizo dicha acción interponer la correspondiente denuncia, adicionado a lo anterior entra a responder el conjunto solidariamente con la aseguradora, y revisar si fue falta del personal de seguridad de turno. En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210
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Andrea Rodriguez
Buenas tardes, la administración esta supeditada a lo que se acepte en las asambleas de copropietarios y se decida en las mismas, esto debe quedar en actas y este deberá hacer los acercamientos necesarios pagar hacer cumplir dichas modificaciones, licitaciones, construcciones etc, en propiedad horizontal el administrador un ejemplo básico es el gerente y debe acatar lo que el dueño en este caso todos los copropietarios decidan y no se puede exceder en sus decisiones ni en sus funciones, si ya se esta realizando dicha obra hacer firmar una lista con el quorum correspondiente para llamar a una asamblea extraordinaria poniendo en conocimiento de la lista tales hechos y que se responda por los mismos. En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210
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El régimen de propiedad horizontal Artículo 13. Reconstrucción obligatoria
Buenos días, derogada significa que ya no tiene vigencia en la normatividad, conforme a la sanción disciplinaria aplicar el recurso de casación. En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210
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Código Disciplinario Único Artículo 119. Ejecutoria de las decisiones
Buenas noches, ante su pregunta le respondo: los coeficientes se deben calcular midiendo el área privada construida en relación con el área privada total (incluyendo el área privada no construida) del edificio o conjunto. De otra parte, en lo que respecta al área privada construida, el numeral 2° del artículo 7 del Decreto 1469 de 20101 , la define como “… la parte edificada que corresponde a la suma de las superficies de los pisos, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar”, lo que lleva a incluir elementos como piscinas, caballerizas, galpones, entre otros; siempre y cuando se enmarquen dentro de la definición transcrita. En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210
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El régimen de propiedad horizontal Artículo 26. Determinación
Buenas noches, legalmente lo único que cambiaría seria los documentos que debe aportar la persona jurídica para establecer con la información del empresario de acuerdo al registro mercantil o el certificado de existencia o representación legal, respectivamente, para el arrendador no implica ningún cambio a lo tributario o económico, lo legal a lo esgrimido en cuanto a la documentación. En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210
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Código de Comercio Artículo 1401. Formas del contrato
Buenas tardes, para resolver su duda complete la información y así dar un un concepto claro. En cuanto a beneficios brindados con prisión domiciliaria varían dependiendo del comportamiento de la persona y se le puede otorgar como es bien sabido hasta permiso de trabajo, por cuanto no esta supeditado a si pueden o no brindarle cierto tipo de permisos. En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210
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Código Penitenciario y Carcelario Artículo 147A. Permiso de salida