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Abogado litigante área Derecho Laboral, Civil y Comercial.
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Buenos días, al realizar el sello o suspensión, qué documento debe entregar el policía o no es necesario que entregue ningún soporte del sello
y lo puede hacer horas después del acto que dio motivo al sello ?
En este caso ella no podrá vender el inmueble ya que se encontraría por fuera del comercio al disolverse la sociedad conyugal por causa de muerte de uno de los cónyuges, razón por la cual se debe realizar la sucesión para que puedan disponer libremente del inmueble.
Recordemos que con la entrada de la Ley 2442 de 2024, nace en Colombia una nueva causal de divorcio que se incluyó en el numeral 10 del art 154, causal por la cual uno sólo de los miembros de la pareja puede pedirle a un juez el divorcio, por el simple deseo de separarse de su pareja. Como efecto de esto, cambia igualmente este artículo 411 y se deberá indicar que también se le deberán alimentos a la antigua pareja que quede del divorcio unilateral en mención mientras esta no tenga para su subsistencia o mientras no contraiga matrimonio o una nueva unión marital de hecho.
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Con la entrada de la Ley 2442 de 2024, que introduce el divorcio unilateral en Colombia, tras la sentencia que ordena el divorcio, queda disuelto el vínculo legal entre la pareja y se disuelve la sociedad conyugal. Pero subsisten los deberes relacionados con los hijos comunes y los alimentos que se deben entre la pareja. Así, si el divorcio fue solicitado por efecto de la nueva causal 10 del art 154 del Cod Civil que introduce dicha ley, se debe indicar en la sentencia cómo quedan las obligaciones en mención.
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Recordemos que con la entrada de la Ley 2442 de 2024, nace en Colombia una décima causal de divorcio, por la cual uno sólo de los miembros de la pareja, por su simple deseo de separarse, le puede solicitar a un juez el divorcio, la cesación de efectos civiles o la disolución de unión marital de hecho. Es decir, en los casos en los que no se cuenta con la colaboración o deseo de separarse de la otra persona, para así lograr hacer el trámite por notaría, se le podrá pedir a un juez que, tras analizar las condiciones de las obligaciones hacia los hijos menores de edad, la liquidación de la sociedad conyugal y los alimentos que se puedan deber entre los miembros de la pareja, los separe por una sentencia.
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Buenos días, de acuerdo con lo manifestado por usted, aparentemente la trabajadora no tiene un dictamen positivo de rehabilitación, por lo tanto, continua vigente la incapacidad, y a partir del día 180 será el Fondo de Pensiones quien reconozca el pago de las incapacidades, hasta el día 540. Debe entonces la trabajadora solicitar de manera conjunta a la EPS y al fondo de pensiones, la práctica del examen de pérdida de capacidad laboral. Incluso usted como empleadora puede elevar o coadyuvar dicha solicitud, y en caso de que haya reconocido algún valor como salario, podrá solicitar el recobro o devolución de lo pagado al responsable del mismo.
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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 227. Valor de auxilio
Buenos días, lo ideal es si denunciarlo, ya que las normas que lo regulan no solamente buscan las sanciones sino que también la creación de estrategias para su disminución, además que la persona que lo realizó puede ser aún sancionada, o tener otras consecuencias si se trataba de un servidor público. En el mismo sentido el empleador puede verse sancionado por permitir que existan esas conductas constitutivas de acoso laboral.
Por otro lado, pueden ser el origen de alguna enfermedad de origen laboral y sería pertinente su denucia.
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Se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral Artículo 10. Tratamiento sancionatorio al acoso laboral
Buenos días, la liquidación de acreencias laborales, contiene varios derechos que se liquidarán de distinta forma. Para cesantías, primas de servicios, vacaciones, se tendrán en cuenta los ingresos de unos determinados periodos. Para indemnizaciones como la de despido sin justa causa o la indemnización moratoria se tendrá en cuenta el último salario devengado.
Es muy prudente hacer revisar las liquidaciones laborales de un experto, siempre se tiene derecho a controvertir los valores ahí consignados.
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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 141. Salarios basicos para prestaciones
Buenas tardes, si una parte del contrato cumplió con anticipación su parte del contrato, no tiene acción para exigir el cumplimiento de la otra cuando aún no es exigible, es decir, que si se ha determinado un plazo o una condición deberá esperar al cumplimiento de la misma para exigir que la otra parte lleve a cabo lo pactado.
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Código Civil Artículo 1552. Pago anticipado
Buenas tardes, no existe un listado como tal de enfermedades no profesionales. Son consideradas como enfermedades de origen común todas aquellas que no son de origen laboral.
Las enfermedades de origen laboral son todas aquellas con causa o con ocasión del trabajo, o aquellas que la ley ha establecido como enfermedades laborales directas, como la asbestosis, o contraer Covid-19 en caso de ser personal de la salud.
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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 227. Valor de auxilio
Buenas tardes, primero hay que tener en cuenta que por regla general los domingos y festivos no son días laborables, sin embargo, para algunas actividades es normal que se preste servicios en estos días.
Ahora bien, si durante una semana, como es semana santa, en la cual tenemos dos festivos y un domingo, no es necesario laborar las 48 horas, ya que los días festivos no hacen perder el reconocimiento del día dominical, es decir, su remuneración.
Por lo tanto, no es necesario reponer las horas de trabajo de los días festivos o domingos.
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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 164. Descanso en la tarde del sabado
Buenos días.
La ley ha dispuesto que daca productor y proveedor de un producto, ya sea bienes o servicios, deberá manifestar expresamente el término de la garantía, de lo contrario, se aplicarán los términos dispuestos en la ley, que para el caso de electrodomésticos corresponden a un año.
En el mismo sentido, deberá garantizar durante ese periodo la asistencia técnica de los productos, junto con los repuestos, de lo contrario, ante la imposibilidad de que el producto sea reparado, o ante la reiteración del mismo, deberá entregar un producto nuevo o la devolución del dinero, a elección del consumidor.
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El Estatuto del Consumidor Artículo 11. Aspectos incluidos en la garantía legal
Buenos días, si bien sería conveniente tener mas información para dar una respuesta de fondo, principalmente se podría proceder con lo siguiente:
En primer lugar definir la existencia de una relación de trabajo entre su suegro y el empleador, que en este caso sería la empresa de químicos si se trata de una sociedad, o de su propietario en caso de ser un establecimiento, con ello determinamos la obligatoriedad que tenía de afiliarlo al Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Laborales, y si se encontraba o no afiliado.
En segundo lugar, de acuerdo a los hechos, determinar si el accidente efectivamente es laboral, para verificar que derechos se emanan del mismo, como por ejemplo el derecho a pensión, y quien sería el responsable de reconocer y pagar esta prestación, en caso de que se haya o no encontrado afiliado.
Por último, determinar cuanta responsabilidad tuvo el empleador en la ocurrencia del accidente con el fin de verificar la existencia de otros derechos, como por ejemplo indemnización de perjuicios.
Si quiere una respuesta de fondo para su asunto, contáctenos.
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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 258. Muerte del trabajador
Cuando se liquida las prestaciones sociales, si en algún momento el trabajador se encontraba incapacitado, sobretodo por riesgo común, su salario será variable, por lo tanto si se debe aplicar promedios tanto para cesantías como para prima de servicios.
Respecto al Auxilio de transporte, como el trabajador no se presentaba a laborar durante su incapacidad, ello hará que varíe el salario del trabajador, por lo tanto deberán promediarse los ingresos para la liquidación.
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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 249. Regla general
Frente a la duda, respecto de quien se encuentra con incapacidad, el salario no está completo debido a que dependiendo del término y del origen (común o laboral) de la incapacidad. Así si es común hasta el día 90 se pagará el 66,66% del salario y a partir de allí el 50%. Si es de origen laboral se reconocerá el 100% de lo devengado.
Por otro lado, el auxilio de transporte, es un derecho que en términos generales, gozan quienes deben presentarse ante el lugar de trabajo, por lo tanto, quien está con incapacidad no debe presentarse ante el sitio de trabajo, por lo tanto, no se debe reconocer el auxilio de transporte.
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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 227. Valor de auxilio