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Nombre: Consultatio Iura - 316 929 2102

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Los comentarios del abogado Consultatio Iura - 316 929 2102

Para el cálculo de una incapacidad, de un trabajador que tiene ingresos superiores al tope de 25 SMMLV, deberá aplicarse las 2/3 pastes o el 66,66% del IBC (Ingreso Base de Cotización), es decir, sobre lo cotizado, mas no sobre lo devengado.


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A la pregunta respecto del pago de la incapacidad, al ser de origen común (enfermedad general), el empleador deberá reconocer el primer día de incapacidad y la EPS los dos días siguientes, sin embargo, en la práctica, deberán ser pagados por el empleador quien a su vez recobrara a la EPS.


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A los docentes de los colegios privados se les aplica lo establecido en Código Sustantivo del Trabajo, y demás normas como el contrato, reglamentos internos de trabajo, convenciones o pactos colectivos en cuanto a vacaciones. Pero por regla general tienen derecho a 15 días hábiles por cada año de servicios, así si una persona laboró 10 meses, sus vacaciones corresponderán a 12,5 días hábiles de descanso.


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Buenas tardes, cuando las vacaciones son compensadas por no ser liquidadas, se tiene en cuenta el término legal, es decir solo los 15 días hábiles, de lo contrario a cada trabajador se podría liquidar diferente habida la existencia de domingos y festivos y otros días no laborables.


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Buenas tardes, a su pregunta se responde, si es posible cobrar cuotas vigentes, ya que dentro del título existen derechos que conserven su exigibilidad. Por otro lado, es conveniente analizar si realmente está prescrito el título, o si se puede iniciar otra acción para recuperar lo adeudado. Incluso, podrían cobrarse los derechos prescritos, y el juez ordenará su pago, ya que le corresponde a la parte alegar la prescripción de dichos valores.


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Me permito, comentar al respecto de su inquietud lo siguiente: el Proceso de Restitución de Inmueble arrendado, si cuenta con medios de defensa para que el demandado pueda ejercer su derecho de contradicción, así mismo, la Ley 820 de 2003, que regula al contrato de arrendamiento de vivienda urbana brinda una serie de garantías al arrendatario de un inmueble. No obstante lo anterior ante el incumplimiento de las obligaciones, es necesario afirmar que la ley se aplicará en favor de quien demuestre cumplir con sus obligaciones.


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Los nuevos comentarios en el sitio web

En este caso ella no podrá vender el inmueble ya que se encontraría por fuera del comercio al disolverse la sociedad conyugal por causa de muerte de uno de los cónyuges, razón por la cual se debe realizar la sucesión para que puedan disponer libremente del inmueble.


Recordemos que con la entrada de la Ley 2442 de 2024, nace en Colombia una nueva causal de divorcio que se incluyó en el numeral 10 del art 154, causal por la cual uno sólo de los miembros de la pareja puede pedirle a un juez el divorcio, por el simple deseo de separarse de su pareja. Como efecto de esto, cambia igualmente este artículo 411 y se deberá indicar que también se le deberán alimentos a la antigua pareja que quede del divorcio unilateral en mención mientras esta no tenga para su subsistencia o mientras no contraiga matrimonio o una nueva unión marital de hecho.


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Con la entrada de la Ley 2442 de 2024, que introduce el divorcio unilateral en Colombia, tras la sentencia que ordena el divorcio, queda disuelto el vínculo legal entre la pareja y se disuelve la sociedad conyugal. Pero subsisten los deberes relacionados con los hijos comunes y los alimentos que se deben entre la pareja. Así, si el divorcio fue solicitado por efecto de la nueva causal 10 del art 154 del Cod Civil que introduce dicha ley, se debe indicar en la sentencia cómo quedan las obligaciones en mención.


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Recordemos que con la entrada de la Ley 2442 de 2024, nace en Colombia una décima causal de divorcio, por la cual uno sólo de los miembros de la pareja, por su simple deseo de separarse, le puede solicitar a un juez el divorcio, la cesación de efectos civiles o la disolución de unión marital de hecho. Es decir, en los casos en los que no se cuenta con la colaboración o deseo de separarse de la otra persona, para así lograr hacer el trámite por notaría, se le podrá pedir a un juez que, tras analizar las condiciones de las obligaciones hacia los hijos menores de edad, la liquidación de la sociedad conyugal y los alimentos que se puedan deber entre los miembros de la pareja, los separe por una sentencia.


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Hola, soy residente nuevo y vivo en el último piso de mi edificio. La administración inició los trabajos de mantenimiento de la fachada. Debido a las demoras y molestias causada les pedí un cronograma de actividad con fecha y nunca se dignaron a responderme. En mi apartamento vive una bebe, 4 meses sometida a ruidos y golpeteo en la azotea del edificio. Le pedimos a la administración que parara las actividades en Diciembre, pero ha hecho caso omiso e incluso trabajando en horario no permitido 1:20 pm. La salud de la bebe ha sido afectada, tanto que decidimos irnos a vivir a la casa de mis papás.

Favor su guía de que puedo hacer para hacer valer mis derechos y al de mi bebe.

En el mismo piso vivía otra bebe y también se mudaron.


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