Se aprueba el Convenio Constitutivo de la Asociación de los Estados del Caribe, suscrito en Cartagena de Indias el 24 de julio de 1994 (Convenio Constitutivo de la Asociación de los Estados del Caribe) Colombia
Convenio Constitutivo de la Asociación de los Estados del Caribe
- Artículo 1o. Definiciones
- Artículo 2o. Establecimiento
- Artículo 3o. Naturaleza, propósitos y funciones
- Artículo 4o. Miembros
- Artículo 5o. Observadores
- Artículo 6o. La reunión de jefes de estado o de gobierno
- Artículo 7o. Órganos permanentes de la asociación
- Artículo 8o. El consejo de ministros
- Artículo 9o. Funciones del consejo de ministros
- Artículo 10. Composición del consejo de ministros
- Artículo 11. Normas de procedimiento del consejo de ministros
- Artículo 12. Presupuesto
- Artículo 13. Fondo especial
- Artículo 14. La secretaría
- Artículo 15. Funciones de la secretaría
- Artículo 16. Capacidad jurídica
- Artículo 17. Privilegios e inmunidades
- Artículo 18. Compromiso general de instrumentación
- Artículo 19. Idiomas de la asociación
- Artículo 20. Relación con otros tratados y mecanismos
- Artículo 21. Texto auténtico
- Artículo 22. Suscripción
- Artículo 23. Ratificación
- Artículo 24. Registro
- Artículo 25. Depositario
- Artículo 26. Entrada en vigor
- Artículo 27. Adhesión
- Artículo 28. Enmiendas
- Artículo 29. Interpretación y solución de controversias
- Artículo 30. Vigencia y denuncia
- Artículo 31. Reservas
- Artículo 1A. Apruébase el "Convenio Constitutivo de la Asociación de los...
- Artículo 2A. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. de la Ley 7a. de...
- Artículo 3A. La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación. El...
Otras regulaciones
Se declara de interés social nacional y como prioridad sanitaria la erradicación de la fiebre aftosa Se otorgan facultades extraordinarias al Presidente de la República con el fin de garantizar la continuidad La Nación se asocia a la conmemoración del sesquicentenario del honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga La Nación exalta la memoria, vida y obra del filósofo antioqueño Fernando González Se regula el derecho fundamental a la saludMejores juristas
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Abogado Jesús Crúz Olivella
¿Puede una empresa bajar el salario en el mismo cargo por reubicación laboral?
Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.
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Tengo una medida correctiva del 2018 si aplica la prescripción, y cuánto tiempo tiene el inspector para iniciar el cobro coactivo
Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.
Es esto correcto? Que debo hacer ?
Buenas noches.
Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?
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