Se aprueba el Estatuto del Centro Internacional y Biotecnología, hecho en Madrid el 13 de septiembre de 1983 (Estatuto del Centro Internacional y Biotecnología) Colombia
Estatuto del Centro Internacional y Biotecnología
- Artículo 1o. Creacion y sede del centro
- Artículo 2o. Objetivos
- Artículo 3o. Funciones
- Artículo 4o. Composicion
- Artículo 5o. Organos
- Artículo 6o. Junta de gobernadores
- Artículo 7o. Consejo de asesores cientificos
- Artículo 8o. Secretaria
- Artículo 9o. Centros y redes asociados
- Artículo 10. Asuntos financieros
- Artículo 11. Prorrateo de contribuciones y auditorias
- Artículo 12. Acuerdo relativo a la sede
- Artículo 13. Condicion juridica, prerrogativas e inmunidades
- Artículo 14. Publicaciones y derechos de propiedad intelectual
- Artículo 15. Relaciones con otras organizaciones
- Artículo 16. Enmiendas
- Artículo 17. Retiro
- Artículo 18. Liquidacion
- Artículo 19. Solucion de controversias
- Artículo 20. Firma, ratificacion, aceptacion y adhesion
- Artículo 21. Entrada en vigor
- Artículo 22. Textos autenticos
Otras regulaciones
Código de Régimen Departamental Código Contencioso Administrativo El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional Código de Procedimiento Penal Decreto Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados por la Dirección General de Impuestos NacionalesMejores juristas





Buenas noches mi esposa laboro con un señor en servicio doméstico, el señor falleció a causa de la pandemia que vivimos actualmente, simplemente le dieron el sueldo que le adeudaba y no le dieron ninguna liquidación sobre su trabajo, la esposa del señor se hizo a cargo de los almacenes que el señor era dueño y le informo a mi esposa, que no le iba a pagar nada, por qué ella no la contrato, mi pregunta es ¿Mi esposa puede le puede solicitar la liquidación a la viuda?
Buenas tardes.
En febrero cumple 54 años, he estado cotizando para pensión y tengo 1200 semanas en fondo privado (lastimosamente), en la empresa que estoy actualmente, llevo desde agosto del 2012, pero hasta el 16 de enero del 2017, firme contrato indefinido, anteriormente estaba por prestación de servicios. Hoy recibo la noticias que el jefe quiere cerrar la empresa, es decir trabajaríamos hasta el 31 de enero. Dos preguntas: Primero: En este caso ellos deben pagar indemnización? .Segunda: en mi caso, existe algo estipulado, ya que estaría a tres años de recibir pensión. Gracias.
Puedo constituir un Fideicomiso a nombre de mis hijos legitimos con una condicion de que en el caso de muerte de uno de los conyugues solo pasara el bien cuando fallezcamos los dos?
Tengo doble nacionalidad, Colombo-Americana y poseo licencia de USA vigente, y cuando ingreso a Colombia lo hago como ciudadano Colombiano; por lo tanto, no tengo limite de estadia en Colombia. Quiero saber si de acuerdo con lo que establece el articulo 25 "Las licencias de conducción, expedidas en otro país, que se encuentren vigentes y que sean utilizadas por turistas o personas en tránsito en el territorio nacional, serán válidas y admitidas para conducir en Colombia durante la permanencia autorizada a su titular, conforme a las disposiciones internacionales sobre la materia." Asi las cosas, tendria derecho a conducir durante mi permanencia indefinida en mi pais, con mi licencia vigente Americana? Ó, existe alguna reglamentacion especial en este caso?
la prueba de ADN tiene que ser dada a conocer al demandado...
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