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Nombre: Montenegro Galindo Abogados

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Número de teléfono:
Está en el sitio desde: 08/11/19
Ciudad: Bogotá D.C.
Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601
WhatsApp: 573057709651
Comienzo de la práctica jurídica: 2000
Año de nacimiento: 1972
Educación: Universidad Nacional de Colombia

Los comentarios del abogado Montenegro Galindo Abogados

Cordial saludo,

A su pregunta: "Un medico pensionado de la policia(asignación de retiro por tiempo cumplido) puede pensionarse de colpensiones (62 años, 1600 semanas cotizadas)?"

Respondemos: ¿Es decir, que una vez pensionado, cotizó 1600 semanas en Colpensiones? Si es así, no podría, y debería escoger el régimen que más le convenga.

Atentamente,

Mario Montenegro


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Sitio web: www.montenegrogalindo.com

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CONTÁCTENOS. Somos abogados egresados de la Universidad Nacional de Colombia con más de 20 años de experiencia defendiendo a los ciudadanos.

Para ayudarle con profundidad y que lo guiemos: LLÁMENOS o ESCRÍBANOS, a nuestro teléfono, email o WhatsApp.


Cordial saludo,

A su pregunta: "Buenas tardes mi pregunta seria si uno toma un plan de Internet por medio de un móvil y no me ablaron en ese preciso instante de clasulas de permanecia llevó un mes de contrato y me quiero salir pero me dicen que tengo que pagar una multa de 500.000 es obligatorio pagar? Gracias"

Respondemos: Depende del contrato que se haya firmado.

Atentamente,

Mario Montenegro


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Cordial saludo,

A su pregunta: "Hemos separado un apartamento sobre plano con el pago de $ 500.000 a la constructora, todo esto sin haber firmado nada, ni siquiera el contrato fiduciario, muchoemos el de promesa de compra y venta, solo a través de un recibo provisional de caja se hizo la transacción. Si queremos desistir ellos se quedarían con los dichos 500.000 o deben devolverlos?"

Respondemos: Deben devolverlos.

Atentamente,

Mario Montenegro


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Cordial saludo,

A su pregunta: "odontóloga de carrera administrativa código 214 grado 01(identificación del cargo). naturaleza del empleo: cuya funcionalidad implica realizar labores de odontología general (promoción,prevención, protección y rehabilitación de pacientes en salud oral, de conformidad con la norma. y luego en las funciones me coloque hacer control interno de la institución , pregunta : esto realmente me toca hacerlo por obligación ?"

Respondemos: Si se lo ordenan o si está en su contrato, sí.

Atentamente,

Mario Montenegro


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Cordial saludo,

A su pregunta: "Q impuesto debe de pagar un vendedor informal de tintos???? O jugos, etc..."

Respondemos: En teoría los mismos que cualquier vendedor.

Atentamente,

Mario Montenegro


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A su pregunta: "Buenas noches yo compre un terreno y es pro indiviso que romos hacer proceso divisorio somos 58 personas, quiero saber si al momento de notificar el juez este le pregunta a planeación sobre dicho predio o el es autónomo en tomar sus propias decisiones?"

Respondemos: Depende si el lote es urbano o rural.

Atentamente,

Mario Montenegro


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A su pregunta: "bajo que normatividad se transfieren los recursos que hace referencia el numeral 4 del artículo 38-1 de la Ley 397 de 1997, o mas bien a que entidad se deben transferir y donde esta estipulado?"

Respondemos: Se hace bajo la normatividad del Código General del Proceso y la normatividad presupuestaria de las entidades territoriales. Depende de quién recaude la estampilla.

Atentamente,

Mario Montenegro


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A su pregunta: "Buenas noches mi esposa laboro con un señor en servicio doméstico, el señor falleció a causa de la pandemia que vivimos actualmente, simplemente le dieron el sueldo que le adeudaba y no le dieron ninguna liquidación sobre su trabajo, la esposa del señor se hizo a cargo de los almacenes que el señor era dueño y le informo a mi esposa, que no le iba a pagar nada, por qué ella no la contrato, mi pregunta es ¿Mi esposa puede le puede solicitar la liquidación a la viuda?"

Respondemos: Depende si su señora esposa trabajaba en los almacenes del señor o si lo hacía directamente a él. Pero en principio su esposa debe continuar trabajando y de lo contrario, la señora viuda debe pagarle la liquidación. En caso de que la señora viuda se rehúse, entonces contáctese con nosotros, para poder ayudarle a defender sus derechos.

Atentamente,

Mario Montenegro


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A su pregunta: "Tengo doble nacionalidad, Colombo-Americana y poseo licencia de USA vigente, y cuando ingreso a Colombia lo hago como ciudadano Colombiano; por lo tanto, no tengo limite de estadia en Colombia. Quiero saber si de acuerdo con lo que establece el articulo 25 "Las licencias de conducción, expedidas en otro país, que se encuentren vigentes y que sean utilizadas por turistas o personas en tránsito en el territorio nacional, serán válidas y admitidas para conducir en Colombia durante la permanencia autorizada a su titular, conforme a las disposiciones internacionales sobre la materia." Asi las cosas, tendria derecho a conducir durante mi permanencia indefinida en mi pais, con mi licencia vigente Americana? Ó, existe alguna reglamentacion especial en este caso?"

Respondemos: Para evitar inconvenientes, debe tramitar una licencia de conducir colombiana.

Atentamente,

Mario Montenegro


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A su pregunta: "Tengo doble nacionalidad, Colombo-Americana y poseo licencia de USA vigente, y cuando ingreso a Colombia lo hago como ciudadano Colombiano; por lo tanto, no tengo limite de estadia en Colombia. Quiero saber si de acuerdo con lo que establece el articulo 25 "Las licencias de conducción, expedidas en otro país, que se encuentren vigentes y que sean utilizadas por turistas o personas en tránsito en el territorio nacional, serán válidas y admitidas para conducir en Colombia durante la permanencia autorizada a su titular, conforme a las disposiciones internacionales sobre la materia." Asi las cosas, tendria derecho a conducir durante mi permanencia indefinida en mi pais, con mi licencia vigente Americana? Ó, existe alguna reglamentacion especial en este caso?"

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Los nuevos comentarios en el sitio web

Aunque un acreedor no hipotecario, puede embargar el bien hipotecado, el acreedor hipotecario tiene prioridad en el remate del inmueble.


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Para otorgar un permiso de salida temporal de un menor, cuyo padre o madre está en el extranjero, es posible firmarlo en una notaría en el país extranjero y que se envíe a Colombia, siempre y cuando el documento esté debidamente autenticado, se apostille y al llegar a Colombia se traduzca. Esto, con fundamento en El artículo 110 de este Código de la Infancia y la Adolescencia el cual indica que el permiso debe ser autenticado ante notario o autoridad consular, así como en el Decreto 2150 de 1995 que establece que la autorización de salida del país puede ser otorgada mediante escritura pública, lo cual puede realizarse en una notaría y debe incluir constancia de vigencia cada vez que el menor salga del territorio colombiano.


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Hola, si requiero hacer la cancelación de una moto la cual quedo en perdida total, pero debido a que el día del accidente por motivos climáticos y en horas de la noche no asistió la policía de carretera y no se realizo croquis, y en la secretaria de transito me exige que en el RUNT este subido, el croquis y el reporte de la policía, y como ya antes mencionado este no existen. Pero la sijin y la aseguradora ya confirmaron y dieron los respectivos reportes.

que debo de realizar para solicitar la cancelación de la matricula sin este reporte, ni el croquis. debido que asisto a las oficinas de la secretaria de transito y lo solicito y no me dan razón alguna.

ramiro mariño osorio

3134973535

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buenas noches soy militar tengo una pregunta si en la notificacion para abrir un proceso disciplinario hay un error de la cedula, el proceso sigue teniendo validez , puede seguir el debido proceso o se cae

si en una orden militar no hay pruebas de se le imaprtio de manera directa o indirecta para que el subornidado la cumpla, no esta obligado a cumplir un correctivo que se derive de esa orden militar que no importarida por los vanales y medios ordenados

celular 3015393109


Recordemos que en la Sentencia 1177 del año 2020 de la Sala Penal , la Corte Suprema de Justicia destacó la importancia de que se permita la vía extraordinaria de casación, cuando se niega la prisión domiciliaria de manera controvertible, subrayando la necesidad de garantizar el derecho material del procesado. La Corte señaló que, en casos donde el fallo de instancia niega la prisión domiciliaria, es imperioso permitir la impugnación extraordinaria de casación para reparar errores que solo pueden ser corregidos por la Corte. Este enfoque implica entonces el nacimiento de una causal para alegar casación, ya que busca asegurar que los procesados no sufran las consecuencias de decisiones judiciales incorrectas sin tener la oportunidad de oponerse. Allí adicionalmente se reiteró la importancia de evaluar adecuadamente el arraigo familiar y social de los condenados, para conceder o negar la prisión domiciliaria.


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