Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral (Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral) Colombia
Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral
- Artículo 1o. Naturaleza
- Artículo 2o. Sede
- Artículo 3o. Objeto
- Artículo 4o. Autonomía administrativa
- Artículo 5o. Autonomía presupuestal
- Artículo 6o. Funciones del consejo nacional electoral
- Artículo 7o. Composición
- Artículo 8o. Estructura
- Artículo 9o. Funciones de sala plena, vicepresidencia, despacho de los magistrados y secretaría técnica de sala
- Artículo 10. Presidencia
- Artículo 11. Oficina de planeación estratégica e innovación
- Artículo 12. Oficina de comunicaciones estratégicas
- Artículo 13. Oficina de tecnologías de la información
- Artículo 14. Oficina jurídica
- Artículo 15. Oficina de control interno
- Artículo 16. Dirección de vigilancia e inspección electoral
- Artículo 17. Oficina de vigilancia y fortalecimiento democrático
- Artículo 18. Oficina de inspección
- Artículo 19. Dirección de gestión corporativa
- Artículo 20. Órganos
- Artículo 21. Integración de la comisión de personal
- Artículo 22. Consejo superior de la carrera
- Artículo 23. Funciones del consejo superior de la carrera
- Artículo 24. Régimen laboral
- Artículo 25. Personal supernumerario
- Artículo 26. Régimen contractual
- Artículo 27. Contratos y convenios vigentes
- Artículo 28. Transferencia de bienes muebles
- Artículo 29. Transferencia de archivos
- Artículo 30. Transferencia de procesos de cobro coactivo
- Artículo 31. Transferencia de procesos disciplinarios
- Artículo 32. Vigencia
Otras regulaciones
Se dictan normas para la constitución y operación de las asociaciones campesinas y de las asociaciones agropecuarias Se rinde Homenaje a Su Santidad Juan Pablo II Convenio 151 sobre la protección del derecho de sindicación y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la administración pública Se celebran los cincuenta años de la Universidad Industrial de Santander Se amplían las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional para celebrar operaciones de crédito público 2002Mejores juristas
Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?
Escríbame 3163306724
El arrendador está en la obligación de tener el bien inmueble en óptimas condiciones uso y goce , debe hacer mantenimiento de los canales de agua lluvia de la vivienda.
Lo podrá hacer el arrendatario de manera oficiosa y hacer el decuento del costo de mantenimiento al valor que paga periodicamente como canon de arrendamiento, o también podrá incurrir en la terminación unilateral del contrato. (tambíen depende que se haya estipulado en el contrato de arrendamiento)
¿Puede una empresa bajar el salario en el mismo cargo por reubicación laboral?
Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.
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