Convenio de Minamata sobre el Mercurio (Convenio de Minamata sobre el Mercurio) Colombia
Convenio de Minamata sobre el Mercurio
- Artículo 1. Objetivo
- Artículo 2. Definiciones
- Artículo 3. Fuentes de suministro y comercio de mercurio
- Artículo 4. Productos con mercurio añadido
- Artículo 5. Procesos de fabricación en los que se utiliza mercurio o compuestos de mercurio
- Artículo 6. Exenciones de las que puede hacer uso una parte previa solicitud
- Artículo 7. Extracción de oro artesanal y en pequeña escala
- Artículo 8. Emisiones
- Artículo 9. Liberaciones
- Artículo 10. Almacenamiento provisional ambientalmente racional de mercurio como mercancía, distinto del mercurio de desecho
- Artículo 11. Desechos de mercurio
- Artículo 12. Sitios contaminados
- Artículo 13. Recursos y mecanismo financieros
- Artículo 14. Creación de capacidad, asistencia técnica y transferencia de tecnología
- Artículo 15. Comité de aplicación y cumplimiento
- Artículo 16. Aspectos relacionados con la salud
- Artículo 17. Intercambio de información
- Artículo 18. Información, sensibilización y educación del público
- Artículo 19. Investigación, desarrollo y vigilancia
- Artículo 20. Planes de aplicación
- Artículo 21. Presentación de informes
- Artículo 22. Evaluación de la eficacia
- Artículo 23. Conferencia de las partes
- Artículo 24. Secretaría
- Artículo 25. Solución de controversias
- Artículo 26. Enmiendas del convenio
- Artículo 27. Aprobación y enmienda de los anexos
- Artículo 28. Derecho de voto
- Artículo 29. Firma
- Artículo 30. Ratificación, aceptación aprobación o adhesión
- Artículo 31. Entrada en vigor
- Artículo 32. Reservas
- Artículo 33. Denuncia
- Artículo 34. Depositario
- Artículo 35. Autenticidad de los textos
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Johanna Pinto
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Montenegro Galindo Abogados
me puede ayudan indicándome si existe algún articulo que hable sobre si es obligatorio aumentarle el salario a las personas que ganes mas del minimo.
Estimado Abogado. Conoce usted de qué trata la LEY 1123 DE 2007 y para qué sirve?
Si la prestación de servicios ha sido continua, sin interrupciones significativas, y la necesidad de los servicios del trabajador ha sido constante, esto puede indicar una relación laboral indefinida. La jurisprudencia ha señalado que interrupciones cortas entre contratos no necesariamente rompen la continuidad de la relación laboral. // Si la naturaleza del trabajo realizado por el empleado es de carácter permanente y no temporal, esto puede ser un indicativo de que la relación laboral es indefinida no mediada por múltiples contratos a término fijo. La Corte Suprema ha destacado que la naturaleza de la labor contratada puede disfrazar una relación laboral indefinida cuando no se justifica un plazo determinado. // El principio de estabilidad laboral, protege al trabajador y puede modificar la naturaleza del contrato a término fijo a indefinido si se cumplen ciertos requisitos, como la subsistencia de la materia de trabajo y el cumplimiento de las obligaciones por parte del trabajador etc.
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Según el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 50 de 1990, en los contratos a término fijo, la indemnización se calcula con base en el tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato. La jurisprudencia también ha señalado que la sucesiva renovación de un contrato a término fijo no lo convierte automáticamente en uno indefinido, lo que significa que la empresa puede decidir no renovar el contrato al final del plazo estipulado sin que esto implique automáticamente una indemnización por despido injusto por todo el tiempo que la persona lleva relacionada con la empresa mediante continuos contratos a termino fijo.
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Buenos días
Tengo una liquidación de sociedad conyugal, durante el proceso se dejaron de tener en cuenta en el inventario y avalúo algunos pasivos y recompensas puedo pedir inventario y avalúo adicionales teniendo en cuenta el artículo 503 ?
Muchas gracias
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