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Nombre: Consultatio Iura - 316 929 2102

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Educación: Abogado titulado - especialista

Los comentarios del abogado Consultatio Iura - 316 929 2102

Buenas tardes, es una situación controversial, en el entendido que por parte del propietario cuenta con el derecho a instalar un sistema de seguridad para proteger su propiedad, pero por otro están los derechos de los vecinos y copropietarios que tendrán sus razones para oponerse. Si dentro del reglamento de propiedad horizontal se refiere alguna prohibición podrán solicitar el retiro de las mismas, de lo contrario deberán acudir a algún mecanismo de solución de conflictos que permita llegar a un acuerdo en el cual se garantice el derecho al señor de instalar sus medidas de seguridad sin afectar los derechos de terceros.


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Buenas tardes, para que un vecino pueda solicitar la indemnización o reparación de los daños producidos, deberá demostrar la causa, y que es atribuible a usted, es decir que la fuga proviene desde su inmueble, de lo contrario no podrá pretenderlos. Es decir está obligado a demostrar el daño.


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Buenas tardes, es bien sabido que entre las pocas limitaciones que la ley ha establecido es que los directivos que representen a los empleadores no pueden haer parte de la junta directiva de un sindicato, al no existir un medio de control, deberán acudir ante los mismos estatutos del sindicato o ante una federación a la cual esté afiliada para revisar el procedimiento de inhabilidades.


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Buenos días, es necesario analizar en detalle el asunto, primero para determinar que cuotas del apartamento usted paga, es decir, si de un crédito hipotecario o de un leasing habitacional. Segundo, si cursa actualmente un proceso judicial en el que se haya impuesto alguna medida sobre el bien, o por el contrario no. Dependiendo de ello, existen varias alternativas para procurar resolver su asunto. La invitamos a contactarnos.


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Buenas tardes, recordemos que el objeto que tiene el pago de cesantías parciales se tiene para adquisición de vivienda nueva, remodelación, levantamiento de gravámenes e incluso para pago de cánones en el contrato de leasing habitacional cuando es destinado a adquisición de vivienda familiar, este último caso, como una regla no muy común pero que sigue esos lineamientos. Ahora habría que mirar el objeto de su leasing y analizar si pudiese existir alguna alternativa que permita acceder a sus cesantías.


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Buenos días, aún no consolida el derecho a gozar de está pensión mínima, ya que obligatoriamente debe haber cotizado 500 semanas al Sistema y cumplir la edad de pensión que rige la Ley 100 de 1993. No obstante, aún puede hacerlo cotizando al sistema.


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Buenos días, de acuerdo a lo comentado por usted, si efectivamente la terminación del contrato de trabajo no obedece a la existencia de una justa causa o no se siguieron los lineamientos normativos, puede haber ocurrido un despido sin justa causa o ilegal. Para su determinación y cálculo es necesario conocer todos los detalles del asunto. Lo invitamos a ponerse en contacto con nosotros, estamos a su servicio.


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Buenos días, así sea otorgado el día de descanso compensatorio, si el trabajo suplementario u horas extras fue en durante el dominical, deberán ser remuneradas como extras dominicales.


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Buenas tardes, para que le puedan ser reconocidos sus días de descanso, deberá así acreditarse, es decir, que efectivamente exista evidencia que usted descansaba todo el día sábado y todo el día domingo, y que laboró los demás días de la semana para poder adquiri el derecho a su dominical remunerado o sus días de descanso remunerados.


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Buenas tardes, para su queja no es necesario invocar ninguna norma sobre el transporte, usted con la empresa de envíos celebró un contrato de transporte y ellos deben garantizarle que las cosas envíadas llegarían en la misma forma en la cual fueron entregadas inicialmente al transportista. Por lo tanto, usted no esta llamado a demostrar la falta de observancia de una norma, sino que no se cumplió la obligación de entregar la mercancía en la forma pactada.


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Los nuevos comentarios en el sitio web

El artículo 38 de la Ley 1258 de 2008 indica: "Las prohibiciones contenidas en los artículos 155, 185, 202, 404, 435 y 454 del Código de Comercio no se les aplicarán a las sociedades por acciones simplificadas, a menos que en los estatutos se disponga lo contrario."  Es decir, si la empresa es una S.A.S., el accionista, empleado y miembro de junta directiva sí estaría facultado para votar los estados financieros, salvo que los estatutos digan lo contrario.


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Buenas tartes, un accionista de una empesa es accionista del 33% , es empleado y asu vez es miembre principal de junta direcctiva, segun esto la pregunta es el estaria facultado para votar los estados financieros de cierre


El punto de partida para contar el término de dos meses para demandar corre desde la “fecha del acto respectivo”, es decir, desde el día en que se celebró la asamblea. Antes del Código General del Proceso, se contaba desde la publicación del acta. Esta creencia aún es muy generalizada y muchas oportunidades de demandar se pierden por esperar el acta. Así, la impugnación de actas de asambleas sólo podrá ser intentada dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la reunión en la cual sean adoptadas las decisiones, a menos que se trate de acuerdos o actos de la asamblea que deban ser inscritos en el registro mercantil, caso en el cual los dos meses se contarán a partir de la fecha de la inscripción.


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buenos días, la constructora a la cual le compre un proyecto de vivienda en el año 2018 y a este año me envía una carta para que le envié la certificación bancaria para devolver el dinero que es su momento se le entrego y me envía una carta para dar por terminado el contracto de compra de el apartamento


buenos dias, si el empleador nunca pago salud y pension, debe responder por el 100% de los aportes no realizados en caso de una demanda?


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